| Oficina de Etica Judicial :
El Código de Etica Judicial se encuentra en vigencia
desde el 1 de enero de 2006. Dicho instrumento fue elaborado tras un
proceso participativo que incluyó a grupos de trabajo
de magistrados, consultores, representantes de organizaciones
civiles, además de encuestas y sondeos hechos con la
ciudadanía y los usuarios del sistema judicial. En todo
este proceso se contó con el apoyo de USAID y la participación
de las ONGs IDEA y SUMANDO. El impulso principal para contar
con el Primer Código de Etica Judicial del Paraguay estuvo
en la propia Corte Suprema de Justicia representada por su entonces
presidente, el Dr. Antonio Fretes como Coordinador General del
Proyecto, el Dr. José V. Altamirano como responsable
del grupo de trabajo, la Dra. Alicia Pucheta como encargada
de Capacitación y el Dr. César Garay como responsable
del área Comunicacional. El Código de Etica Judicial
de la República del Paraguay fue aprobado por la Corte
Suprema de Justicia, por Acordada N° 390 del 18 de Octubre
de 2005. La presentación oficial se realizó el
12 de Diciembre de 2005 en el Salón Auditorio del Palacio de
Justicia, junto con la inauguración de la Oficina de
Etica Judicial.
Cómo presentar denuncias y consultas
:
Toda persona física o jurídica directamente agraviada,
o la Corte Suprema de Justicia, podrá denunciar a un
juez por violación de las normas éticas previstas
en el Código, sin obligatoriedad de patrocinio de abogado. Se admitirá asi mismo el procedimiento de oficio por parte del Tribunal de Ética Judicial. (Acordada Nº 408)
La denuncia será radicada por escrito ante el Tribunal
de Etica Judicial. El escrito de denuncia deberá contener
:
1) La indicación de los nombres y apellidos del denunciante
y del denunciado.
2) La indicación del domicilio real y procesal del denunciante
y del domicilio legal del denunciado.
3) La explicación clara, concreta y circunstanciada
de los hechos relativos al caso.
4) La enunciación expresa de las normas éticas
de este Código violadas por el denunciado en perjuicio
del denunciante.
5) La presentanción de los documentos y demás
elementos de juicio relacionados con la denuncia.
6) La firma del denunciante o apoderado, y la
del letrado patrocinante si lo hubiere, con indicación del número
de matrícula.
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