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Oficina de Etica Judicial
Acordada N° 390/05
Alonso y Testanova - Torre Norte - 3er. Piso
Teléfonos: 424 124/9, 424211/5 - 424 311/5
Teléfono / Fax : 425 493 (Directo)
Internos: 2346 - 2347
e-mail: eticajudicial@pj.gov.py
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Oficina de Etica Judicial :

El Código de Etica Judicial se encuentra en vigencia desde el 1 de enero de 2006. Dicho instrumento fue elaborado tras un proceso participativo que incluyó a grupos de trabajo de magistrados, consultores, representantes de organizaciones civiles, además de encuestas y sondeos hechos con la ciudadanía y los usuarios del sistema judicial. En todo este proceso se contó con el apoyo de USAID y la participación de las ONGs IDEA y SUMANDO. El impulso principal para contar con el Primer Código de Etica Judicial del Paraguay estuvo en la propia Corte Suprema de Justicia representada por su entonces presidente, el Dr. Antonio Fretes como Coordinador General del Proyecto, el Dr. José V. Altamirano como responsable del grupo de trabajo, la Dra. Alicia Pucheta como encargada de Capacitación y el Dr. César Garay como responsable del área Comunicacional. El Código de Etica Judicial de la República del Paraguay fue aprobado por la Corte Suprema de Justicia, por Acordada N° 390 del 18 de Octubre de 2005. La presentación oficial se realizó el 12 de Diciembre de 2005 en el Salón Auditorio del Palacio de Justicia, junto con la inauguración de la Oficina de Etica Judicial.

Cómo presentar denuncias y consultas :

Toda persona física o jurídica directamente agraviada, o la Corte Suprema de Justicia, podrá denunciar a un juez por violación de las normas éticas previstas en el Código, sin obligatoriedad de patrocinio de abogado. Se admitirá asi mismo el procedimiento de oficio por parte del Tribunal de Ética Judicial. (Acordada Nº 408)
La denuncia será radicada por escrito ante el Tribunal de Etica Judicial. El escrito de denuncia deberá contener :

1) La indicación de los nombres y apellidos del denunciante y del denunciado.

2) La indicación del domicilio real y procesal del denunciante y del domicilio legal del denunciado.

3) La explicación clara, concreta y circunstanciada de los hechos relativos al caso.

4) La enunciación expresa de las normas éticas de este Código violadas por el denunciado en perjuicio del denunciante.

5) La presentanción de los documentos y demás elementos de juicio relacionados con la denuncia.

6) La firma del denunciante o apoderado, y la del letrado patrocinante si lo hubiere, con indicación del número de matrícula.

 

   
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