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Oficina de Mediación
Acordada Nº 198/00
Alonso
y Testanova - Sub Suelo 1
Teléfonos Poder Judicial: 424-124/9, 424-211/5, 424-311/5
interno: 2690, 2876
Directo:
(595-21) 480-860
e-mail: sm@pj.gov.py |
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| Responsables de la Dependencia |
- Abog. Fernando René Sosa Tonina
Coordinador General de la Oficina de Mediación
- Abog. Cynthia Raquel Noguera Chaparro
Coordinadora Adjunta General de la Oficina de Mediación
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| Datos de la Dependencia
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| Informaciones Permanentes
Nombre de la Dependencia, Departamento o Dirección:
Oficina de Mediación del Poder Judicial
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| Organigrama |
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| Objetivos |
- Contribuir al mejoramiento de la eficiencia y la calidad del servicio de la Administración de Justicia.
- Ampliar los mecanismos disponibles de solución de los conflictos en los Tribunales de
Justicia.
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| Funciones Específicas |
- Brindar el servicio de mediación judicial para los casos derivados por los juzgados.
- Proporcionar el servicio de mediación extrajudicial a solicitud de los particulares
interesados y en los conflictos de naturaleza mediable.
- Elaborar y desarrollar planes de difusión del servicio de mediación y de
programas de capacitación para el perfeccionamiento de los profesionales
mediadores.
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| Tipo de Servicio Brindado |
| Mediaciones Judiciales |
-
Civiles y Comerciales
- Laborales
- Niñez y Adolescencia
- Penal (Delitos de Acción Penal Privada) |
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| Mediaciones Extrajudiciales |
-
Conflictos vecinales, comunitarios y otros. |
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| La Mediación - Concepto |
| La mediación es un medio alterno de resolución de conflictos, en donde las partes involucradas son asistidas por un tercero neutral denominado mediador/a, que facilita la comunicación entre las partes y así estas puedan llegar a la solución de su conflicto de manera consciente.
El mediador no decide por las partes; su rol es el de conducir la mediación y queda a cargo de las partes la decisión de cómo resolver su conflicto. |
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| Características del Servicio |
| Voluntariedad: El servicio es voluntario, ya que las partes deben expresar su consentimiento para iniciar el procedimiento de mediación y permanecer en él.
Confidencialidad: Todas las informaciones y expresiones vertidas por las partes en el contexto de una audiciencia de mediación quedan protegidas al amparo de la confidencialidad.
Flexibilidad: Al no estar sujeto a parámetros rígidos, el procedimiento de mediación permite a las partes administrar el conflicto de forma más sencilla, creativa y cooperativa.
Gratuidad: El servicio de mediación no tiene costos para las partes, que solo deben cubrir el gasto que generan las notificaciones. |
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| Procedimiento |
Audiencias: Las audiencias o reuniones pueden ser conjuntas, con la presencia de todas las partes o en reuniones privadas; es decir, con la presencia de una de las partes y el mediador/a.
Presencia de Abogados: Las partes involucradas acuden a las reuniones de mediación acompañadas de sus abogados/as, que les prestarán asesoramientos.
Conclusión: La mediación concluye con un Acta de Acuerdo que es remitida al Juzgado de origen para su homologación. En caso de que no se llegue a un acuerdo, se informa al Juzgado para que siga con la tramitación correspondiente.
Costos: Solamente se abona el precio de la notificación para las partes. |
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| Cuerpo de Profesionales Mediadores Internos |
* Abog. Rodrigo Villalba Huidobro
* Abog. Fernando Sosa Tonina
* Abog. Ma. Cecilia Lugo Urbieta
* Abog. Mónica Bogado de Quezada.
* Abog. Teresita Fretez Ocampos
* Abog. Cynthia Raquel Noguera
* Abog. María Antonia Rodríguez
* Abog. Gloria Torres Cardozo.
* Lic. Paulo Agustín Waimberg Cáceres
* Lic. Gladys Alfonso de Bareiro
* Abog. Osmar Torres Laconich
* Abog. Natalia Florentín Almando
* Abog. Nilda Cuevas Martínez
* Abog. Karina Jazmín Cáceres González
* Abog. Adela Mabel Unzain Martínez
* Abog. Myriam Concepción Ayala Fariña |
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| Cuerpo de Profesionales Mediadores - Ciudad de San Lorenzo y Caacupé |
* Abog. María Carolina Fernández
* Abog Gloria Susana Laran
* Abog. Ever Mario Hermosila Benítez
* Abog. Viviana Edith Llano Estigarribia |
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| Cuerpo de Profesionales Mediadores - Ciudad de Coronel Oviedo |
* Abog. Laura Cohler Solaeche
* Abog. Jorge Narvaez Davalos
* Abog. Mariela Ramirez Viana
* Abog. Gumercindo Espinola Benitez
* Abog. Gloria Sanabria Serafin
* Abog. Rosana Flores Figueredo |
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| Cuerpo de Profesionales Ciudad del Este e Itapúa |
* Abog. Miguel Ángel Domínguez M.
* Abog. Marta Elodia Romero de Vera
* Abog. Lilia Ortiz de Alfonzo
* Abog. María Cristina Bogado Cáceres |
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| Cuerpo de Profesionales Ciudad de Pilar |
* Abog. Mariano Ocampos
* Abog. Estela Marys González |
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| Cuerpo de Profesionales Ciudad Amambay |
* Abog. María Lucia Solís
* Abog. Zulma Ojeda Riquelme |
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| Cuerpo de Profesionales Ciudad de Paraguarí |
* Abog. Josefina María Arce de Zárate
* Abog. Cándida María Santacruz Sosa |
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| Cuerpo de Profesionales Ciudad de Villarrica y Caazapá |
* Abog. Teodoro Giménez
* Abog. Bernardina Benítez |
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| Cuerpo de Profesionales Ciudad de Misiones San Juan Bautista y Pedro Juan Caballero |
* Abog. Martina Leticia Ayala
* Abog. María Isabel Estigarribia Monges |
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| Cuerpo de Profesionales Mediadores Externos |
* Dr. Felipe Meyer Chenú
* Lic. Nidia Gini de Meyer
* Lic. Yolanda Gini de Sapoznik
* Dra. Jacqueline Querciola
* Abog. Silvina Francezon de Pedrozo
* Abog. Carlos Raúl Cabrera
* Abog. María del Pilar Callizo de Filártiga
* Abog. Román Ortiz Maidana
* Abog. Livia Cardozo Sánchez
* Lic. Roque Gómez Rodríguez
* Esc. Stella Sachelaride de Soto
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Oficinas de Mediación dependientes de la Corte Suprema de Justicia, interior del país |
Asunción |
(021) 480- 860 |
| San Lorenzo |
(021) 575- 344 int. 225 |
| Capiatá |
(0228) 634- 311 |
| Caacupé |
(0511) 243- 169 int. 225 |
| Paraguari |
(0531) 433- 306 int.229 |
| Coronel Oviedo |
(0521) 203- 060 |
| Villa Rica |
(0541) 42513 int. 105 |
| Caazapá |
(0542) 232-641/2 |
| San Juan Bautista Misiones |
(081) 212-772 |
| Ciudad del Este |
(061) 514-168 |
| Pilar |
(0786) 230-909 |
| Encarnación |
(071) 201-271 |
| Concepción |
(0331) 240-400 |
| Pedro Juan Caballero |
(03362) 7444 |
Actualización, Agosto de 2010
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