EL OBSERVATORIO DE CÁRCELES DEL MINISTERIO DE LA DEFENSA PUBLICA ESTA EN MARCHA
La Acordada Nº 85 del 8 de mayo del año 1998 reglamentó y aprobó las funciones de los miembros del Ministerio de la Defensa Pública (Defensor General y Defensores Adjuntos); en ella se describen las atribuciones del mismo, contempladas en la mencionada acordada, en el artículo 4to, inciso a, cuyas funciones son las siguientes:
- “Asegurar en todas las instancias y en todos los procesos en que se ejerzan la representación y defensa pública, la debida asistencia a los defendidos, pudiendo intervenir personalmente, cuando a su criterio no se hubiera cumplido dicho presupuesto.
- ”Visitar las instituciones penitenciarias a fin de comunicarles a los defendidos el estado procesal de sus causas y verificar las condiciones en que cumplen su resolución”.
En seguimiento de estas directivas la defensora general, doctora Noyme Yore Ismael, en fecha 5 de julio del presente año resolvió crear la Comisión para el Observatorio de Cárceles del Ministerio de la Defensa Pública, a los efectos de verificar las condiciones de alojamiento, alimentación, atención médica y todo lo concerniente al bienestar de los internos de los distintos centros penitenciarios y correccionales de adolescentes de todo el país.
LA COMISIÓNN ESTÁ DENTRO DE LOS ACUERDOS Y EXIGENCIAS INTERNACIONALES
La creación de la Comisión para el Observatorio de Cárceles tiene como centro de acción la dignidad de las personas privadas de su libertad y la titularidad de sus derechos humanos, los cuales deben ser respetados, garantizados y protegidos en cumplimiento de la Constitución nacional, de las Declaraciones sobre Derechos Humanos en el ámbito de la ONU, de la OEA, además de las obligaciones internacionales generales y particulares contenidas en los tratados y convenios sobre derechos humanos suscritos por los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos.
También se ajusta al documento “Las Cien Reglas de Brasilia”, redactado por la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas, de la cual el Ministerio de la Defensa Pública de la República del Paraguay es socia fundadora, constituyéndose como otra de las bases para la conformación y determinación de los objetivos y fundamentos del sistema de trabajo a ser realizado por la Comisión.
• Ingreso, registro, examen médico y traslados de los reclusos.
• Permanente control de los índices de encarcelamiento en el conjunto del Sistema Penitenciario nacional, y en su caso en las unidades y centros de detención policial que fungen de reclusorios transitorios. Ello permite advertir la existencia de sobrepoblación tan pronto como se produzca.
• Monitoreo permanente de las condiciones de reclusión: condiciones materiales de vida, de trato, trabajo, educación, estado de salud, lazos con el exterior, progresividad, asistencia médica, etc.
• Permanente control de las muertes en prisión.
• Permanente control de las denuncias por malos tratos.
• Monitoreo de las actividades realizadas por la propia Dirección de institutos Penitenciarios.
CONFORMACIÓN DE LA COMISIÓN
- Defensora Adjunta en lo Penal, Abogada Selva Antonia Morel de Acevedo.
- Defensores Públicos del Fuero Penal; Abogados Gustavo Zapata Báez, Alicia Pedrozo Berni, Marino Daniel Méndez, Mario Camilo Torres, Jorge Marcelo Torres.
- Coordinadores del Fuero Penal de todas las circunscripciones de la República.
Cabe resaltar que esta comisión ya comenzó a operar y tiene previsto visitar los distintos centros de reclusión del país, durante todo el año.
ASPECTOS QUE SERÁN SOMETIDOS A PERMANENTE MONITOREO
OBJETIVO
Procesar la información que obtiene la Comisión para el Observatorio de Cárceles, derivando las mismas a la jurisdicción competente en cada caso, ya sea en materia de salud, derechos humanos, acciones judiciales entre otras.
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28-07-2010