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Corte Suprema de Justicia

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26 DE MARZO DE 2015

ANTE PUBLICACIONES PERIODÍSTICAS

Aclaración de la Corte Suprema de Justicia

Ante la publicación realizada por el diario ABC Color, edición impresa de fecha 26 de marzo del corriente año, en portada, bajo el título: “El pedido de extradición de Neneco duerme en la Corte”, y en la sección Política, página 2, titulada “Llamativa desidia de la Corte en proceso para extraditar a Vilmar”, la Corte Suprema de Justicia considera conveniente aclarar a la opinión pública lo siguiente:

Que dicho pedido de extradición se encuentra en el Juzgado Penal de Garantías de primera instancia de Curuguaty, a cargo del juez Carlos Martínez, a quien la Corte Suprema de Justicia, a través de la Dirección de Asuntos Internacionales, remitió el documento el 13 de marzo del presente año, el mismo día en que el Estado paraguayo fue notificado de la detención de Vilmar Acosta por vía diplomática. A partir de dicha notificación la justicia paraguaya cuenta con un plazo de 40 días corridos para formalizar la solicitud de extradición. 

En otras palabras, el proceso de extradición no duerme ni se encuentra estancado en la Corte, tal como lo señala el titular de tapa. El procedimiento establecido en los convenios internacionales y en el marco legal vigente establece que los trámites se deben realizar a través del juez competente y no a través de la máxima instancia judicial. El magistrado es quien debe dar trámite a la solicitud de manera independiente, imparcial y objetiva, a fin de asegurar el cumplimiento de las garantías constitucionales y del debido proceso en materia penal. 

Que el juez Martínez informó que ha hecho entrega de la solicitud de extradición y los documentos anexos que contienen 300 fojas en fecha 18 de marzo a la traductora pública contratada por el Ministerio Público y a su vez designada por el Juzgado a fin de lograr la concentración de la información sensible contenida en los documentos en una sola profesional. 

Una vez que el magistrado remita por oficio los documentos originales acompañados de la referida traducción al portugués, se dará intervención a la Dirección de Asuntos Internacionales a fin de remitir, a su vez, a la Cancillería, a través de su Dirección de Asuntos Legales, el pedido formal de extradición. 

Que, de acuerdo a dicha publicación, “la Corte no demostró interés en el trámite para solicitar la extradición”, afirmación que no se ajusta a la verdad, ya que conviene reiterar que inmediatamente se dio el trámite correspondiente de acuerdo a lo que disponen los convenios internacionales y las normas vigentes. 

Que los documentos para el pedido de extradición no se encuentran en el despacho del Ministro encargado de Asuntos Internacionales, doctor Luis María Benítez Riera, tal como se menciona en la publicación, ya que ningún Ministro en ningún caso tiene intervención jurisdiccional en un proceso de solicitud de extradición realizado por nuestro país. 

Finalmente, afirmamos que es prioridad de la Corte Suprema de Justicia velar por el estricto cumplimiento de los tratados y acuerdos internacionales, y ratificamos nuestro compromiso del máximo cuidado a los trámites de todos los procesos de extradición, a fin de cumplir estrictamente con los instrumentos ratificados por la República del Paraguay, para lo cual se trabaja coordinadamente con las instituciones que integran el Estado nacional, para garantizar una respuesta efectiva a los legítimos reclamos ciudadanos.
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