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05 DE MAYO DE 2016

DERECHO DE RECTIFICACIÓN Y ACLARACIÓN

Magistrados de Alto Paraná remitieron nota aclaratoria

Vista la publicación del diario ABC Color en su editorial de fecha 29 de abril del corriente año, magistrados de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná remitieron una nota al Diario ABC Color, donde rectifican y aclaran diversos puntos. La nota se trascribe a continuación:

SEÑOR

DON ALDO ZUCOLILLO

DIRECTOR DEL DIARIO ABC COLOR

PRESENTE:

Los firmantes de la presente, Magistrados de la VI Circunscripción Judicial del Alto Paraná, amparados en las disposiciones de la Constitución Nacional, art. 28, nos dirigimos a Ud. con el propósito de solicitar nuestro derecho a la rectificación y aclaración de la falsa, distorsionada y ambigua nota Editorial de fecha 29 de abril de 2016, pág. 12 del Diario bajo su Dirección.

Afirmamos que el derecho a la información veraz, responsable y ecuánime pertenece a todos los ciudadanos, por tanto, todo comunicado bajo ningún sentido puede ser considerado “repudiable falta de ética”, pues, cuando menos, representa la opinión reflexionada de un grupo o grupos de personas que refieren a un determinado tema que concita la atención nacional. La fuente de la Nota Editorial radica en un comunicado por medio del cual se sienta postura con referencia a los órganos constitucionales, en este caso específico Poder Judicial y Ministerio Público, a raíz de la imputación sobre supuesto hecho de prevaricato que afecta a uno de sus miembros y a otro ex miembro de la Máxima Instancia Judicial de la República.

Los Magistrados del Alto Paraná, reunidos espontáneamente, hemos creído necesario y conveniente sentar postura, tomar una actitud sobre la referida imputación conforme a los Arts. 1, 3, 255, 247 y 248 de la Constitución Nacional y concordantes, enfatizando que los Magistrados no podrán ser acusados o interrogados judicialmente por las opiniones emitidas en el ejercicio de sus funciones y que el requerimiento Fiscal colisionaba con este principio de la Carta Magna.

Ante el texto expreso, claro de la Constitución Nacional y del comunicado dado a conocer por los Magistrados del Alto Paraná, la interpretación dada por parte del Diario ABC Color resulta distorsionada, colocando en un contexto erróneo, ofensivo y disociado del tema expuesto, que en esencia es la defensa de la Independencia Judicial, cuyo titular es el ciudadano, quien tiene derecho a contar con una justicia independiente, piedra angular de todo Estado de Derecho.

El Editorial del Diario bajo su Dirección formula un ataque personal contra los Magistrados del Alto Paraná antes que disentir y exponer otras ideas. El actuar del editorialista atenta contra los principios de veracidad, responsabilidad y ecuanimidad, que debe reunir toda información, como base fundamental en un Estado Social de Derecho.

Los Magistrados que cumplimos nuestras actividades en la VI Circunscripción Judicial de la República nos vimos sorprendidos y avasallados en nuestros legítimos derechos constitucionales de expresarnos por la manipulada y tergiversada nota Editorial, motivo por el cual realizamos las siguientes aclaraciones:

a.- El comunicado fue suscrito por los Magistrados Judiciales del Alto Paraná. En ninguna parte del referido comunicado se hace referencia a la existencia de una Asociación de Magistrados Judiciales en esta Circunscripción Judicial. Los Magistrados en el ejercicio de nuestro derecho de expresión hemos dado a conocer dicho manifiesto en defensa de la independencia judicial, que es una garantía acordada al ciudadano de contar con una justicia independiente sin injerencia de factores externos como debe ser en un Estado Social de Derecho.

b.- En el comunicado, si bien es ineludible citar al profesor Doctor Sindulfo Blanco, sobre quien recae una imputación, hemos aclarado que la norma del Art. 255 de la Ley Primera es de ineludible consideración ante la protección de la opinión procesal de los magistrados que deviene de la misma, y no como interesadamente se ha afirmado en el Editorial del Diario.

Asimismo, esta protección, indemnidad de opinión procesal, también reguarda a un ex magistrado como el profesor doctor Víctor Manuel Núñez Rodríguez, toda vez que la opinión haya sido emitida en el ejercicio de sus funciones. Pero, repetimos, no son las personas, sino el derecho ciudadano de contar con una justicia independiente sin impertinencia alguna, que es la que está siendo atacada con el precedente citado, siendo esta la preocupación principal de la magistratura y, debería de serlo, de la ciudadanía en general, quien finalmente es la destinataria de la tan anhelada independencia judicial.

En efecto, el Art. 1 del Estatuto del Juez Iberoamericano establece, “… Como garantía para los justiciables, los jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y se encuentran tan solo sometidos a la Constitución y a la ley, con estricto respeto al principio de jerarquía normativa…”.

C.- Hemos defendido, con el ejercicio del derecho a la expresión, la taxativa disposición constitucional contemplada en el Art. 255, que en forma clara instituye, “ningún magistrado podrá ser acusado e interrogado judicialmente por las opiniones emitidas en el ejercicio de sus funciones”. Los magistrados utilizamos nuestra opinión para ejercer nuestras funciones, el argumento expuesto en el fallo no es otra cosa que la opinión emitida en el ejercicio de la función jurisdiccional. Por tanto, la Constitución prohíbe dictar normas que tengan como base la opinión del Magistrado para generar responsabilidad penal, salvo que este ejercicio esté supeditado a las vías previas necesarias.

d.- Conforme al principio de Supremacía Constitucional, las Leyes que conculcan dicha superioridad deben ser corregidas por los accesos constitucionales y legales preestablecidos. Entonces, el comunicado tiene el propósito de sentar e introducir el debate sobre esta protección de la Constitución Nacional a la opinión del magistrado que se hace pública en sus fundamentos al decidir determinada cuestión sometida a su conocimiento.

Esta posición asumida por los Magistrados del Alto Paraná, ante el texto constitucional, en defensa de la validez del Ordenamiento Jurídico Nacional, expresamente consagrada en el art. 137 de la Carta Magna, fue tergiversada por el Editorial del Diario ABC Color, tratando a los Magistrados que firmamos dicho comunicado con calificativos como “jueces atrincherados… agavillados… quienes ahora se movilizan en favor de la impunidad… caracterizados por la corrupción…”. Rechazamos enfáticamente dichas calificaciones y, sostenemos que nos hemos manifestado en defensa del Estado de Derecho, que como atributo tiene la independencia Judicial.

Asimismo, estas posturas jurídicas fueron reivindicadas por Magistrados de otras Circunscripciones, quienes también se pronunciaron en defensa de la Independencia Judicial. Sin embargo, la nota Editorial sólo ha mencionado a la Asociación de Jueces del Paraguay y a Magistrados del Alto Paraná, demostrando con ello la total falta de objetividad, cayendo en un subjetivismo a ultranza contra determinados Magistrados, siendo un trato discriminatorio y un ataque que no condice con una responsable tarea de un comunicador, que tiene la gran responsabilidad de ser formador de opinión.

Señor Director, por lo apuntado, los Magistrados del Alto Paraná, de diferentes fueros e instancias, rechazamos la llaneza de la que fuimos objeto con un indisimulado propósito de crear diferencias sociales, a unos les está permitido opinar, a otros sencillamente les está vedada esta eventualidad.

Consideramos que un contexto democrático dentro del Estado Social de Derecho, las ideas están para ser discutidas, confrontadas y refutadas, sin necesidad de trillar el oscuro camino de la agresión personal como ha quedado asentada en la nota Editorial, como un resquebrajamiento de la responsabilidad periodística, en detrimento del respeto que se merecen los articuladores de la Justicia en esta VI Circunscripción Judicial de la República.

Hemos expresado nuestra postura jurídica, en defensa de la Independencia de un Poder de Estado, en este caso, el Judicial, como manifestación del Estado de Derecho, por lo que consideramos que la idea es legítima, sin embargo, asentamos que nadie es dueño de la verdad, pero bien podrían realizarse las objeciones y críticas dentro del marco del disenso respetuoso, sin recurrir a términos calumniosos, ofensivos, denigrantes y discriminantes, que contradicen las particularidades que debe reunir la información veraz, responsable y ecuánime.

Exigimos la publicación de estas aclaraciones que lo hacemos en carácter de derecho a réplica y que la publicación sea realizada en las mismas condiciones y con el destaque que tuvo la Nota Editorial del viernes 29 de abril de 2016, que es una tergiversación del texto comunicacional.

En la seguridad de que esta nota será difundida de acuerdo a la disposición constitucional del derecho a réplica, es propia la ocasión para saludarlo atentamente.

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