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Corte Suprema de Justicia

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13 DE SEPTIEMBRE DE 2016

SESIÓN DEL MARTES 13 DE SETIEMBRE DE 2016

Decisiones de la plenaria de la Corte Suprema de Justicia

En su sesión plenaria de la fecha la Corte Suprema de Justicia adoptó varias decisiones que se relatan a continuación:

Tema N° 1:

Se resolvió:

DEJAR SIN EFECTO la Acordada N° 945 del 3 de febrero de 2015 que reglamenta el ingreso de Gestores dentro de la Corte Suprema de Justicia y la Resolución N° 4951 del 18 de marzo de 2014 que reglamenta el trabajo de gestoría en el Poder Judicial.

ENCOMENDAR al Colegio de Escribanos del Paraguay la emisión del “Carnet identificatorio de Gestor de Escribanía”. El mismo será la única entidad emisora de dicho carnet y reglamentará la expedición y renovación respectiva, conforme a sus disposiciones internas, bajo los estándares y criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia.

ENCOMENDAR al Colegio de Abogados del Paraguay la emisión de “Carnet identificatorio de Gestor de Abogado”. El mismo será la única entidad emisora de dicho carnet y reglamentará la expedición y renovación respectiva, conforme a sus disposiciones internas, bajo los estándares y criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia.

Art. 4°.- La expedición de los Carnets identificatorios deberá ser realizada sin costo para el solicitante.

DISPONER que los Gestores habilitados estarán posibilitados a realizar trámites ante la Corte Suprema de Justicia y sus dependencias jurisdiccionales, registrales y administrativas, para lo cual deberán portar visiblemente el Carnet de Gestor de Escribanía o el Carnet de Gestor de Abogado, vestir adecuadamente, observar conducta ejemplar, buen trato y buenas costumbres durante su tiempo de trabajo de Gestor.

ESTABLECER que el horario habilitado para el ingreso de los Gestores será de 7:00 a 13:00 hs. en el Palacio de Justicia y sus respectivas dependencias. Fuera de este horario queda prohibido el ingreso o permanencia de los mismos en la Institución.

DISPONER que las respectivas entidades emisoras mencionadas precedentemente deberán remitir a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia la nómina de los Carnets otorgados en forma anual.

ESTABLECER que los Colegios de Abogados y de Escribanos del Paraguay deberán informar las nuevas acreditaciones, reemplazos, término de funciones, o cualquier modificación de la nómina (alta y baja), al momento de producirse las mismas, para los efectos legales correspondientes.

RESTRINGIR el ingreso y realización de gestoría dentro del Poder Judicial para aquellos Gestores que no cuenten con el Carnet de Habilitación proveído por el Colegio de Escribanos o el Colegio de Abogados del Paraguay.

DEJAR SIN EFECTO todos los anteriores Carnets de Gestores y cualquier otra documentación relacionada a estas identificaciones.

DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones anteriores que contravengan a esta nueva reglamentación aprobada.

 

Tema N° 2:

DECLARAR de Interés Institucional el “VI Congreso Registral Paraguayo”, a realizarse los días 22 y 23 de setiembre del corriente año en el Colegio de Escribanos del Paraguay el cual contará con Disertantes Internacionales como: el Notario Alfonso Cavallé Cruz (España), quien disertara sobre el tema “Los Derechos del Ciudadano en el Procedimiento Registral”, el Dr. David Figueroa Márquez (México) sobre “La Función Registral y su Relación con la Justicia” y un Expositor Argentino sobre “La Inexactitud Registral y su Proyección Registral”. Asimismo, disertarán Expositores Nacionales como la Abg. y N.P. Lourdes González Pereira (Directora General de los Registros Públicos) sobre “La Modernización de los Registros en el Paraguay: Una Reforma Estructural en Curso”, la Dra. Lucila Ortiz de Di Martino sobre “La Rectificación de los Asientos Registrales” y el Dr. Alberto Martínez Simón, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial – Sexta Sala de la Capital sobre: “La Responsabilidad Civil derivada de la Actividad Registral”.

 

Tema N° 3:

ACEPTAR la renuncia presentada por la Abg. Liza María Battilana Bravard, Jueza Penal – Circunscripción Judicial de la Capital.

DECLARAR vacante el cargo de Juez Penal – Circunscripción Judicial de la Capital.

COMUNICAR la presente Resolución al Consejo de la Magistratura.

 

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