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Corte Suprema de Justicia

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04 DE OCTUBRE DE 2016

CON LA PARTICIPACIÓN DE TÉCNICOS DEL RUA

Dan a conocer alcances de la Ley N° 5.531/2015

La Dirección del Registro Único del Automotor de la Corte Suprema de Justicia participó esta mañana de una conferencia de prensa organizada por la Cámara Industrial de Motocicletas y Automotores (Cipama). En la ocasión se dieron a conocer detalles acerca de los alcances de la Ley N° 5.531/2015, que modifica artículos de la Ley N° 4.980/13 del registro de motocicletas y vehículos similares.

La Cámara Industrial de Motocicletas y Automotores (Cipama) organizó esta mañana una conferencia de prensa con la colaboración de la Dirección del Registro Único del Automotor de la máxima instancia judicial, donde se dieron a conocer detalles de la Ley N° 5.531/2015, que modifica artículos de la Ley N° 4.980/2013.

La conferencia contó con la presencia de la directora del Registro Único del Automotor, Julia Cardozo, y el coordinador y técnico del RUA, Andrés Hermosilla; el presidente de Cipama, Jorge Samaniego; el diputado Dany Durand y el director de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, Justo Domínguez.

Por su parte, la directora del RUA, Julia Cardozo, destacó el apoyo de la Corte Suprema de Justicia en el aporte legal que pone en funcionamiento la modificación de artículos de la ley mencionada. Resaltó los beneficios que los ciudadanos locales cuentan desde el 3 de octubre del corriente año con respecto a la adquisición de las chapas en motocicletas que circulan en esta zona del país.

Según lo mencionado, el artículo 1º dicta: “Las personas físicas y jurídicas que se dediquen a la fabricación, ensamblaje y/o venta de motocicletas que aún no se encuentren matriculadas en el Registro del Automotor, en los términos de lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley Nº 608/95, 'que crea el sistema de matriculación y la cédula del automotor', deberán entregar a los compradores de dichos vehículos las chapas, el certificado de verificación y el formulario necesario para la tramitación de la cédula correspondiente ante la Dirección del Registro del Automotor.”

El formulario de referencia tendrá una validez de 90 días a los efectos de poder circular y gestionar la cédula verde. También presenta una innovación, en la que si el usuario abona las liquidaciones en concepto de tasas judiciales, cédula y grabado del automotor dentro de estos noventa días de validez del formulario, se genera una entrada electrónica de la solicitud de matrícula que permite al usuario en los 20 días posteriores al pago poder retirar la cédula verde de la motocicleta de la Oficina Registral indicada al pie de la página del formulario.

Cabe mencionar que la conferencia tuvo por sede el local de la Cipama, ubicada en las calles Bruselas 2110 y Bélgica de la ciudad de Asunción.

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