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Corte Suprema de Justicia

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16 DE NOVIEMBRE DE 2016

DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Convocan a elegir abogados para Consejo de la Magistratura

Mediante Resolución N° 6619, de fecha 15 de noviembre del corriente año, la Corte Suprema de Justicia resolvió convocar a los abogados de la matrícula a elección de dos abogados titulares y dos abogados suplentes para integrar el Consejo de la Magistratura, a llevarse a cabo en los Tribunales Electorales de las Circunscripciones Judiciales, el 22 de enero de 2017, desde las 7:00 hasta las 17:00.

 Por tanto, en uso de sus atribuciones,

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

R E S U E L V E:

 

“…Art. 1º.- CONVOCAR a los Abogados de la matrícula, a elección de dos Abogados titulares y dos Abogados suplentes para integrar el Consejo de la Magistratura, a llevarse a cabo en los Tribunales Electorales de las Circunscripciones Judiciales que se habilitan en la presente Resolución, el día 22 de enero de 2017, desde las siete hasta las diecisiete horas.

 

Art. 2º.- ORDENAR la actualización del padrón que contiene la nómina de Abogados matriculados, con la inclusión de quienes se hubieren matriculado hasta el día martes 15 de noviembre de 2016.

 

Art. 3º.- PONER de manifiesto el padrón actualizado en la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia y en las Secretarías de Turno de los Tribunales ordinarios de las Circunscripciones Judiciales que se citan, por el plazo de cinco días, a partir del martes 22 de noviembre al martes 29 de noviembre de 2016, a fin de que se deduzcan tachas o reclamos que correspondan, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 21 de la Ley 296/94.

 

Art. 4º.- REMITIR el padrón definitivo, actualizado por orden alfabético, al Tribunal Superior  de  Justicia  Electoral, el día martes 13 de diciembre de  2016, a los efectos de dar cumplimiento a las funciones que confiere la Ley Nº 296/94 “Que organiza el Consejo de la Magistratura”.

 

Art. 5º.- FIJAR como último día de presentación de listas de candidatos el lunes 2 de enero de 2017.

 

Art. 6º.- HABILITAR como lugares de votación los siguientes:

  • Sede Central del Tribunal Superior de Justicia Electoral, sito en la Avda. Eusebio Ayala Nº 2159 esq. Santa Cruz de la Sierra de ésta Capital.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Ciudad del Este, sito en la calle Primer Intendente, Barrio Pablo Rojas.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Pedro Juan Caballero, sito en la calle General Bruguez y Yegros.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Concepción, sito en la calle Pedro Juan Caballero esq. Brasil.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Coronel Oviedo, sito en la calle Mariscal López y Solar.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Villarrica, sito en San Roque González de Santa Cruz e/ Mompox y Alberdi.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Encarnación, sito en la Avda. Gral Caballero Nº 312 esq. Juan León Mallorquín y Mariscal Estigarribia.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de San Juan Bautista, Misiones, sito en la Ruta Internacional Km. 197.
  • Sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral de Pilar, sito en la calle Mariscal Estigarribia y General Díaz.

 

Art. 7º.- LOS ABOGADOS habilitados en el padrón actualizado, podrán votar en cualquiera de las Circunscripciones Electorales referidas, votarán una sola vez, y en una sola de las Circunscripciones so pena de incurrir en el delito definido en el Art. 323 inc.) b) del Código Electoral. Los Abogados que tienen el derecho al sufragio, en otro estamento con representación en el Consejo de la Magistratura, ejercerán su derecho al voto una sola vez, en estas elecciones o en la que corresponda al otro estamento.

 

Art. 8º.- PUBLICAR el extracto de la presente Resolución, conforme al Art. 19 de la Ley Nº 296/94, por 5 (cinco) días consecutivos, en los diarios ABC Color y Ultima Hora de esta Capital.

 

Art. 9º.- ANOTAR, registrar, notificar…”.

 

 

 

 

 

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