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28 DE JUNIO DE 2017

ANTE PUBLICACIÓN PERIODÍSTICA

Derecho a réplica de la ministra Gladys Bareiro de Módica

La ministra de la Corte Suprema de Justicia doctora Gladys Bareiro de Módica remitió una nota al diario ABC Color, que reproducimos íntegramente a continuación:

En ejercicio del derecho a réplica, me dirijo nuevamente a Ud. para reclamar la rectificación de una información errónea publicada en su diario en las ediciones de ayer, 27 de junio, y hoy, además de ser repetida en el editorial de la fecha.

Ayer, más de tres meses después de emitida la Resolución N° 498 del 20 de marzo de 2017, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, su diario informó que con voto unánime de los tres ministros de la Sala se había admitido la acción de inconstitucionalidad promovida por Víctor Bogado en contra del A.I. N° 250 del 26 de setiembre de 2016 del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Capital- 3ᵃ Sala. En el día de hoy se repitió la información y se editorializó sobre ella sobre la base de que el voto de los ministros había sido unánime.

La información publicada y editorializada es errónea. Mi voto como integrante de la Sala Constitucional fue en disidencia.

Reproduzco a continuación un párrafo de dicho voto: “Cabe expresar que para otorgar viabilidad a la acción de inconstitucionalidad no basta con la sola mención de las garantías constitucionales transgredidas, sino que es necesaria la justificación concreta del daño ocasionado por la infracción de las mismas, situación no dada en la presentación, pues resulta evidente la no justificación de la lesión concreta que le ocasiona la resolución atacada. En ese sentido, es preciso que quien arguya conculcaciones de principios y garantías constitucionales funde su petición con argumentos sólidos y concretos que demuestren irrefutablemente lo sostenido, presupuesto del que carece la acción promovida. En estas condiciones corresponde el rechazo de la acción promovida sin más trámite”.

Es muy probable que la información errónea que me afecta se deba a que en estos tres meses el periodista que redactó el texto no haya leído la resolución y se haya guiado por las tres firmas que aparecen al pie de ella. Estas firmas no significan que los tres ministros hayan votado en el mismo sentido. Para conocer el contenido de la resolución es preciso leer la resolución completa. Entiendo que en el mismo error cayó el autor del editorial de la fecha. La falta de lectura es un mal muy extendido en nuestro medio. En resumidas cuentas, se trata de una grave negligencia, pues como consecuencia de ello se enloda injustamente a una persona, como ocurre con las adjetivaciones del editorial de hoy.

Ya ha habido una ocasión anterior en que se dio la misma situación, es decir, en su diario se atribuyó sentido erróneo a un voto mío. Mi réplica en su momento no dio lugar a una aclaración expresa, sino que simplemente se modificó la información posterior. Esta vez hay incluso una opinión editorial sobre base equivocada. Espero tener mejor suerte con esta réplica.

Gladys Bareiro de Módica
Ministra de la Corte Suprema de Justicia.

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