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Corte Suprema de Justicia

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20 DE OCTUBRE DE 2017

CAMPAÑA DE COMUNICACIÓN “UN DÍA PARA VIVIR”

Astrea se ilumina de rosa

En el marco de la campaña de comunicación interna denominada “Un día para vivir”, emprendida por la Corte Suprema de Justicia, en todas las circunscripciones se dispuso la realización de actividades de concientización y difusión de la importancia de los exámenes de diagnóstico de prevención cáncer de mamas y de cuello uterino. Entre algunas de las iniciativas, la Astrea y fachadas se iluminaron con el color rosa.

iniciativa realizada en  las distintas sedes judiciales del país, así como las oficinas registrales, va hasta el próximo viernes 27 de octubre a las 11:00 horas en el Palacio de Asunción, donde se realizará el cierre y posterior lanzamiento de globos alusivos a la campaña.

La visión de la institución se enfoca en concienciar sobre la importancia de encarar acciones preventivas (como estos exámenes) enmarcadas en los programas de planificación estratégica que interesan el área de Recursos Humanos, se enfoca en el bienestar integral del personal por lo cual ha tomado medidas que puedan colaborar facilitando al personal, la oportunidad de realizarse los exámenes de diagnóstico.

De acuerdo a la normativa vigente, citando la Ley N° 3.803/09 que otorga licencia a trabajadoras para someterse a exámenes de Papanicolaou y mamografía, estas acciones se encuentran adecuadas en los siguientes artículos:

Artículo 1° - Toda trabajadora, dependiente o no, del sector privado o público, con cargo permanente, temporal o contratada, con cargo electivo o no, goza de licencia remunerada de un día laborable en cada año para someterse a exámenes de Papanicolaou y mamografía.

Artículo 2°- Para gozar del beneficio de esta licencia, la beneficiaria  debe acreditar, mediante el documento expedido por el centro de salud, sanatorio, hospital u otro centro médico sanatorio, que los estudios o exámenes fueron realizados.

Artículo 3°- La fecha de licencia será establecida de común acuerdo entre la beneficiaria y el empleador, la autoridad superior, el Departamento de Recursos Humanos o similar que correspondiere, salvo prescripción médica que indique la necesidad urgente de realizar dichos estudios.

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