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Corte Suprema de Justicia

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06 DE SEPTIEMBRE DE 2006

PODER JUDICIAL PROPONE UNIFICAR UNA ORDENANZA

Tratarán de reducir nivel de abigeato

La máxima instancia judicial trabaja para lograr la manera efectiva de bajar el nivel de abigeato que se registra en el país, sobre todo en los departamentos de Caazapá, Caaguazú y Guairá. Para el efecto, a instancia de la ministra, doctora Alicia Pucheta de Correa se analiza la unificación de una ordenanza, utilizando como modelo la de Coronel Oviedo.

Con el objetivo de reducir el nivel de abigeato, el Poder Judicial se propone unificar una ordenanza para todos los municipios de los departamentos del Guairá, Caazapá y Caaguazú. A ese efecto, se analiza, un proyecto  que tiene como modelo la del Municipio de Coronel Oviedo. El estudio está siendo impulsado por la ministra de la Corte Suprema, doctora Alicia Beatriz Pucheta de Correa.

 

El documento prevé regular el faenamiento, comercialización y transporte de ganado vacuno y derivados y reglamentar el traslado y venta de las reses provenientes de los frigoríficos.

 

Para lograr que se cumplan, las exigencias previstas se estudian la posibilidad de crear una comisión de control con representantes de las municipalidades de los departamentos afectados, del gremio de faenadores o abastecedores, vendedores, del Ministerio Público y de la Policía Nacional.

 

Algunas de las funciones de esta comisión serán las de controlar el cumplimiento de los tributos municipales, del proceso de faenamiento y comercialización y verificar el certificado de inspección veterinaria del ganado para determinar si es apta para el consumo.

 

También, deberá controlar si los mataderos cuentan con las habilitaciones correspondientes, así como los faenadores, abastecedores y vendedores y que los transportes de carnes cumplan las exigencias establecidas en la ordenanza y que el traslado de los animales se realicen exclusivamente en el horario comprendido entre las 10:00 y las 17:00 horas.

 

El documento en estudio, también prevé que la administración del matadero municipal sea ejercida por un médico veterinario. Las sanciones previstas van de 1 hasta 10 salarios mínimos legales, dependiendo del tipo de falta cometido.

 

Asimismo, que la municipalidad en cuestión entregue una planilla habilitante para evitar que los animales sean faenados en lugares no autorizados y en ese sentido el interesado deberá completar correctamente su nombre y apellido, cantidad y clase del ganado- entiéndase vaca, novillo o toro- documento de identidad del faenador o propietario, la fecha de faenamiento, el número de guía de traslado, la cantidad pagada por el animal a faenar y el número de cupón de faenamiento.

 

Toda res que sea puesta en venta en lugares no habilitados será considerada como de origen clandestino y por lo tanto decomisado, y si es apta para el consumo humano destinada sin cargo a instituciones oficiales o de beneficencia. En caso de que los productos cárnicos no cumplan con este requisito serán incinerados en los mataderos municipales.

 

Los funcionarios municipales o policiales tendrán, igualmente facultad para decomisar automáticamente los productos cárnicos que no cuenten con los documentos que los habiliten legalmente y remitir los antecedentes a la Fiscalía y la municipalidad local para la aplicación de las sanciones establecidas en la ordenanza.      

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