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Corte Suprema de Justicia

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07 DE ENERO DE 2011

CASO ISIDRO TREBASTONI S/ TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL

Ministro Blanco aclara que emitió su voto en diciembre

El ministro de la Corte Suprema de Justicia, doctor Sindulfo Blanco se pronunció a través de un comunicado, sobre la denuncia periodística formulada a un medio televisivo por el ex funcionario del Tribunal Superior de Justicia Electoral, Isidro Heriberto Trebastoni quien alega la supuesta retención de su expediente por parte de la autoridad judicial. La misma se refiere a la acción judicial planteada por el afectado contra la Justicia Electoral por presunto despido injustificado. Por medio de la aclaratoria, el doctor Blanco informa que emitió su voto el 20 de diciembre del 2010 y que el expediente fue derivado al despacho de la ministra Alicia Pucheta de Correa.

Ante la denuncia presentada a un medio televisivo por parte de Isidro Heriberto Trebastoni, quien sostuvo que el ministro del máximo tribunal de la República, doctor Sindulfo Blanco retiene desde hace mucho tiempo en su poder el expediente “Isidro Heriberto Trebastoni contra la resolución número 448/06 del 30/11/06 por el Tribunal Superior de Justicia Electoral” sin que se expida al respecto, la autoridad judicial  dio a conocer una aclaratoria.

El comunicado informa que el ministro Blanco fue declarado preopinante el pasado 19 de agosto y emitió su voto el día 20 de diciembre, derivando así el expediente al despacho de la ministra Alicia Pucheta de Correa quien recibió el expediente en fecha 23 de diciembre del 2010.

El escrito indica también que “el tercer miembro, sería el doctor Luis María Benítez Riera, quien automáticamente integra la Sala, en caso de que no existan causales de inhibición o excusación”.

Cabe recordar, que el denunciante era funcionario del Tribunal Superior de Justicia Electoral y fue despedido de su cargo luego de 12 años de prestar servicios. El mismo alega que el despido se realizó sin ningún motivo, por lo que decidió accionar judicialmente, ganando en todas las instancias correspondientes. Debido a esto, solo necesitaba el fallo de la Corte para efectivizar la sentencia.

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