|
Los
Facilitadores, como su nombre lo indica, facilitan el trabajo de los
operadores de justicia y a la vez facilitan en acceso a la justicia a
las personas que viven un conflicto. No juzgan los casos, no son
defensores ni fiscales, son un PUENTE DE COMUNICACIÓN ENTRE
OPERADORES DE JUSTICIA Y SU COMUNIDAD, a la vez que son un mecanismo de
formación cívico-jurídica y de prevención.
Son
personas comunes que, reunidos ciertos requisitos mínimos, son
electos por su comunidad y nombrado por los jueces de Paz, son los
facilitadores de la comunidad en donde viven y ahí se
circunscribe su campo de acción. Se trata de un servicio
voluntario basado en el liderazgo y el espíritu de servicio
comunitario.
Funciones del Facilitador de Justicia.
-
Difunde la cultura cívico – jurídica para que la
comunidad se entere de sus derechos y obligaciones y sepa cómo
proceder en caso que requiera de asistencia judicial.
- Apoya a los Juzgados de Paz en diversos trámites que le sean encomendados.
- Efectúa acuerdos cuando hay disputas menores o desacuerdos entre vecinos.
-
Remite casos a las autoridades y orientan sobre diversos
trámites actuando como puente de comunicación entre el
Estado y la comunidad.
Como accede la comunidad a los Facilitadores de Justicia.
La
Función de Facilitador se combina con las responsabilidades y
labores diarias que tenga la persona elegida para cumplir ese rol,
puede organizar su día trabajando la jornada completa y luego,
en el momento que tenga libre, reunirse con las personas que requieren
su asistencia, consejos o que quieren saber cómo resolver
determinadas cuestiones. Estos encuentros pueden darse en casa del
Facilitador, éste puede acercarse hasta la casa del vecino que
requiere sus servicios, pueden encontrarse en la parroquia, escuela o
cooperativa si las hubiere, no se precisa de una estructura destinada a
la función ni de recursos extraordinarios para llegar hasta el
Facilitador. La idea es que éste esté al alcance de la
población sin necesidad de invertir recursos para ello.
|