Los delitos de corrupción en nuestro país, se encuentran establecidos en varias fuentes jurídicas, entre ellas se pueden citar:
1. La Constitución Nacional:
2. El Código Penal Paraguayo
3. Ley de la Función Pública
4. Ley Nº 1752/01 que regula Enjuiciamiento de Magistrados
5. Ley Nº 2051/03 Contrataciones Públicas
6. Ley Nº 2523/04 sobre enriquecimiento ilícito
7. Ley Nº 2777/05 que prohíbe el nepotismo en la Función Pública
8. Ley Nº 2880/06 que reprime hechos punibles contra el patrimonio del Estado
9. Decreto Nº 16735/02 que otorga al CISNI el carácter de autoridad central consultiva de las convenciones contra la corrupción.

Algunas de estas normas precisan ser armonizadas, a fin de adecuarse a lo establecido en las convenciones. Es de suma importancia actualizar, elaborar y aprobar nuevas disposiciones jurídicas.

El PNI refiere al respecto “En cuanto a las reformas legales propuestas, las mismas encuentran su sustento jurídico en el concepto de Estado de Derecho y en los principios constitucionales de transparencia, responsabilidad y eficiencia, así como en los compromisos internacionales asumidos por el Paraguay en las convenciones contra la corrupción, que obliga a los Estados Parte a armonizar la legislación y a contemplar en la misma los tipos penales suficientes para sancionar y erradicar la corrupción”.