La Corte Suprema y el BNF lanzan innovador sistema de pagos electrónicos para beneficiarios de juicios |
|
 |
 |
A partir del lunes 18 de agosto, en el marco de la primera etapa de implementación, los beneficiarios de juicios tramitados en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Octavo Turno de la Capital ya pueden recibir sus pagos a través de transferencias bancarias directas. Esta iniciativa es parte de una nueva plataforma tecnológica implementada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y el Banco Nacional de Fomento (BNF) que busca reemplazar los tradicionales cheques físicos, marcando un hito en la modernización de los servicios judiciales. |
|
 |
|
Se implementará sistema digital para concursos de ingreso y promoción de personas |
|
 |
 |
Durante la sesión plenaria del miércoles 20 de agosto, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia, doctor César Diesel, informó sobre la próxima implementación de una herramienta digital que permitirá gestionar de forma remota los concursos de ingreso y promoción de personas en el Poder Judicial. La iniciativa se enmarca en el Plan Estratégico Institucional 2021?2025 y responde al objetivo de fortalecer los procesos de selección con mayor transparencia, accesibilidad y eficiencia. |
|
 |
|
Asueto judicial y suspensión de plazos procesales en Alberdi |
|
 |
 |
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró asueto judicial el viernes 29 de agosto de 2025 en la ciudad de Alberdi, Circunscripción Judicial de Ñeembucú. Asimismo, estableció que los plazos procesales, que vencen en la fecha mencionada, fenezcan el día lunes 1 de setiembre, por la conmemoración del aniversario fundacional de la referida localidad. |
|
 |
|
Comunicado del Departamento de Tesorería |
|
 |
 |
El Departamento de Tesorería, dependiente de la Dirección General de Administración y Finanzas de la Corte Suprema de Justicia, informa a los profesionales abogados, magistrados y funcionarios de la máxima instancia judicial que, desde el 21 de agosto de 2024, se encuentra habilitado el proceso de ?Devolución de Cobertura de Gastos por Diligencias Judiciales NO Realizadas?, conforme a lo establecido en la Acordada Nº 1756/2024. |
|
|