Información General
La Corte Suprema de Justicia dispuso regular la Feria Judicial y el otorgamiento de las vacaciones anuales remuneradas para los jueces de Paz de las distintas Circunscripciones Judiciales de la República, estableciendo que podrán hacerla efectiva del 1 de Enero en adelante, de cada año, debiendo así presentar la solicitud correspondiente con una antelación mínima de 10 días a la fecha de inicio, con la conformidad del juez de Paz interino y la autorización del presidente de la Circunscripción Judicial respectiva.
La Corte Suprema de Justicia dispuso regular la Feria Judicial y el otorgamiento de las vacaciones anuales remuneradas para los jueces de Paz de las distintas Circunscripciones Judiciales de la República, estableciendo que podrán hacerla efectiva del 1 de Enero en adelante, de cada año, debiendo así presentar la solicitud correspondiente con una antelación mínima de 10 días a la fecha de inicio, con la conformidad del juez de Paz interino y la autorización del presidente de la Circunscripción Judicial respectiva.


