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Corte Suprema de Justicia

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09 DE JUNIO DE 2015

RESOLVER EXPEDIENTES CON PLAZO VENCIDO

La Corte emplaza a tribunal de cuentas y juzgados civiles

La Corte Suprema de Justicia resolvió emplazar a los miembros del Tribunal de Cuentas Primera Sala y a los jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo, Undécimo, Duodécimo y Décimo Tercer Turnos de la Capital por el término de 30 días, para resolver los expedientes en estado de resolución con plazo vencido, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 199 del Código de Organización Judicial.

La medida fue tomada hoy por el pleno de la Corte Suprema de Justicia luego de analizar los resultados de auditorías de gestión realizadas en los juzgados civiles de primera instancia de la Capital, así como en los Tribunales de Cuentas.

Durante dichas auditorías se tomaron como valor de referencia la cantidad de expedientes ingresados desde antes del 2000 hasta el año 2015, que fueron comparados con los expedientes activos en cada uno de los 13 juzgados civiles de primera instancia auditados.

Además, se verificó el cumplimiento de los plazos en lo que respecta a la tramitación de expedientes en estado de autos para sentencia y en estado de autos para resolver.

Así, se identificó un total de 274.570 expedientes ingresados en los juzgados auditados a partir de los registros de los juzgados, de los cuales 155.913 se encuentran activos a la fecha.

Igualmente, se detectó una disminución en la diferencia porcentual de expedientes ingresados entre el juzgado con mayor cantidad de expedientes ingresados y el de menor, tras la implementación de la Mesa de Entrada, de 24% al 15%.
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