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Corte Suprema de Justicia

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29 DE OCTUBRE DE 2012

PROCESO DE DESARROLLO Y REFORMA JUDICIAL

Corte y Tribunal de Qatar firman memorando de entendimiento

La Corte Suprema de Justicia y el más alto tribunal del Estado de Qatar firmaron un memorando de entendimiento para mejorar el proceso de desarrollo y de reforma judicial. El acto de firma de acuerdo se llevó a cabo esta mañana en el Poder Judicial y contó con la presencia del presidente de la máxima instancia judicial de nuestro país, doctor Víctor Manuel Núñez, y el titular del Poder Judicial de Qatar, doctor Masoud Mohamed AI – Ameri. También participaron las ministras, Alicia Pucheta de Correa, Gladys Bareiro de Módica y el ministro Luis María Benítez Riera.

Con la firme intención de continuar con el proceso de desarrollo y de reforma judicial, la Corte Suprema de Justicia de nuestro país firmó un memorando de entendimiento con el más alto tribunal de Justicia del Estado de Qatar.

El documento fue refrendado por los presidentes de ambos Poderes del Estado, el doctor Víctor Manuel Núñez por Paraguay y Masoud Mohamed AI-Ameri por el Estado de Qatar, durante un acto desarrollado en el Palacio de Justicia de nuestro país.

Del acto también participaron las ministras, Gladys Bareiro de Módica, Alicia Pucheta de Correa y el ministro Luis María Benítez Riera.

La firma del memorando de entendimiento surge a raíz de las excelentes relaciones bilaterales que mantienen ambos países y por la importancia de nutrirse del franco intercambio de experiencias y conocimientos adquiridos por Poderes Judiciales de países amigos, a través de su paso por procesos similares de cambio.

Asimismo, se pretende fortalecer la cooperación para promover la eficiente administración de justicia en sus respectivas jurisdicciones, convencidos de la importancia de una cooperativa estrecha para el mutuo beneficio en el campo de la administración de justicia.

Con base en el memorando firmado por las partes, se prevé capacitar a los jueces y funcionarios encargados de la administración de justicia y de los tribunales en la gestión de casos y en el desarrollo de las leyes procesales civiles y regulaciones.

Igualmente  se podrán compartir e intercambiar información entre sí referente a sus respectivas leyes procesales, civiles y regulaciones y otras áreas que competan a las leyes, regulaciones, juicios y publicaciones legales que ambos Poderes del Estado podrán establecer mutuamente a través de consultas.
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