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28 DE AGOSTO DE 2015

Jurisprudencia destacada

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA PENAL. ACUERDO Y SENTENCIA N° 593 del 15/07/2014 RECURSO DE CASACIÓN. Admisibilidad. Objeto. AUTORÍA.

SENTENCIA. Motivación

RECURSO DE CASACIÓN. Admisibilidad del recurso de casación
El recurrente alega cuestiones que la Corte Suprema de Justicia, no puede analizar y estudiar, como ser nueva valoración probatoria, reducción del quantum punitivo y calificaciones referentes a la Teoría del Delito, todos aspectos que no pueden abrir su competencia.

RECURSO DE CASACIÓN. Objeto del recurso de casación
Por la vía de la Casación, se controla el cumplimiento de las formas procesales fundamentales, entre las cuales está, indudablemente, la fundamentación de la sentencia. (Voto por sus propios fundamentos del Ministro Blanco).

RECURSO DE CASACIÓN. Objeto del recurso de casación
El modelo de casación se estructura sobre el principio de inalterabilidad de los hechos y del respeto por la valoración probatoria de la instancia de mérito, no es menos cierto que, en esta etapa debe realizarse un control lógico de la motivación seguida por los jueces, y más aún cuando existe la sospecha de razonamientos arbitrarios o absurdos, que de por sí vulneran los principios rectores del debido proceso. (Voto por sus propios fundamentos Ministro Blanco)

AUTORÍA
La diferencia de la complicidad con la autoría es que el primero ayuda a la comisión, mientras que el segundo posee el dominio total o parcial sobre la acción, lo cual es el caso qué nos compete estudiar.

SENTENCIA. Motivación de la sentencia
La garantía de la fundamentación de una sentencia, deja al juez la libertad de apreciación sicológica, pero por otro lado, lo obliga a correlacionar sus argumentos o razones y demostrar su conclusión. ( Voto por sus propios fundamentos Ministro Blanco)

SENTENCIA. Motivación de la sentencia
Una sentencia manifiestamente infundada presupone una falta de motivación o fundamentación, ausencia de la exposición de los motivos que justifiquen la convicción del Juez en cuanto al hecho y las razones jurídicas que determinen la aplicación de una norma a ese hecho. (Voto por sus propios fundamentos Ministro Blanco).

SENTENCIA. Motivación de la sentencia
Una sentencia infundada, no solo consiste en que el Juzgador, no consigne por escrito las razones que lo determinan a declarar una concreta voluntad de la ley material que aplica, sino también en no razonar sobre los elementos introducidos en el proceso, de acuerdo con el sistema impuesto por la Ley Procesal, esto es, no dar razones suficientes para legitimar la parte resolutiva de la sentencia. (Voto por sus propios fundamentos Ministro Blanco)

Nota: Si desea acceder al texto de la resolución, consulte la Base de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en www.pj.gov.py/jurisprudencia. Es de acceso libre y gratuito, sin usuario ni contraseña.

Elaborado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Corte Suprema de Justicia
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