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02 DE SEPTIEMBRE DE 2016

Jurisprudencia destacada

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL: MATERIA ADMINISTRATIVA ACUERDO Y SENTENCIA N°  737 del 9 /06/2016 MARCAS DE FÁBRICA. Coexistencia de marcas

La esencia de la marca está en poder excluir a otros en el uso de marcas confundibles. El espíritu de la legislación marcaria, conforme a la doctrina imperante, es el de evitar la confusión. Tanto es así que ya no se habla de que las marcas deben ser claramente inconfundibles, sino que deben ser claramente distinguibles. Se pone acento así en la necesidad de una clara diferenciación de las marcas en pugna.

MARCAS DE FÁBRICA. Posibilidad de confusión

En ambas marcas el punto de similitud sean las palabras DEL SUR no es razón suficiente ni valedera para impedir el registro de la marca solicitada. Es más, la marca oponente no puede impedir un registro con la intención de adueñarse de un término, en este caso DEL SUR, por el solo hecho de que su marca es afamada y reconocida en el mercado local, por lo que la marca solicitante goza del elemento de distintividad necesario que impediría al consumidor entrar en confusión o asociación.

MARCAS DE FÁBRICA. Registro de la marca

En lo que respecta a las clases a las cuales pertenecen las marcas en conflicto, clases 29 y 33, el hecho de que los productos de las marcas en pugna sean comercializados en los mismos locales comerciales no configura un motivo de peso para evitar el registro de una marca. Con ese criterio ningún producto (igual o diferente clase) podría ser comercializado junto con otros en un mismo establecimiento comercial, lo cual resulta hasta ilógico.

MARCAS DE FÁBRICA. Confusión de marcas

Las marcas en pugna son inconfundibles, no existiendo riesgo de error o confusión ni perjuicio para que ambas marcas puedan coexistir pacíficamente.

 

Nota: Si desea acceder al texto de la resolución, consulte la Base de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en  www.pj.gov.py/jurisprudencia.Es de acceso libre y gratuito, sin usuario ni contraseña.

 

Elaborado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Corte Suprema de Justicia

 

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