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17 DE FEBRERO DE 2017

Plazo para la presentación de recursos interpuestos

La Corte Suprema de Justicia recuerda que la ley procesal establece los requisitos para la admisibilidad del recurso, en virtud de las reglas establecidas en el artículo 462 del Código Procesal Penal, tales como la presentación por escrito del plazo, debiendo tenerse en cuenta además que la resolución pueda ser objeto del recurso de apelación.

En este sentido, se establece que el plazo para interponer el recurso de apelación es de cinco días, según lo dispuesto en el artículo 462 del CPP.

El apartado cuarto del artículo 129 del mismo cuerpo legal dispone: “…Los plazos determinados por días comenzarán a correr al día siguiente de practicada su notificación. A estos efectos se computarán solo los días hábiles, salvo que la ley disponga expresamente lo contrario o que se refiera a medidas cautelares, caso en el cual se computarán días corridos”.

Se adjunta una sentencia de jurisprudencia para su visualización.

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