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Corte Suprema de Justicia

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18 DE OCTUBRE DE 2016

SESIÓN DEL MARTES 18 DE OCTUBRE DE 2016

Decisiones de la plenaria de la Corte Suprema de Justicia

En su sesión plenaria de la fecha la Corte Suprema de Justicia adoptó varias decisiones que se relatan a continuación:

Tema N° 1:

COMUNICAR al Ministerio Público para su toma de razón el apercibimiento al Agente Fiscal en lo Penal de la Unidad 01 de la Ciudad de Villa Hayes, Región X Chaco, Abg. Gabriel Ramírez Palumbo, por haber incurrido en la causal de “mal desempeño de funciones”, pues su conducta se subsume dentro de las disposiciones de los incisos “b” y “g” del Artículo 14 y los incisos “g” e “i” de la Ley Nº 3759/09, dispuesto por S.D. Nº 43/16 del 9 de agosto de 2016 del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

 

Tema N° 2:

APROBAR la propuesta presentada por el Equipo Técnico para la Implementación de Expediente Electrónico, que forma parte de la presente Acordada, a efecto de establecer el esquema de implementación de los Trámites Electrónicos aprobada por Acordada 1107/2016.

DISPONER que los Despachos Judiciales objeto de la implementación de los Trámites Electrónicos operarán conforme lo descripto en la propuesta aprobada.

ENCOMENDAR a la Dirección de Comunicación de la Corte Suprema de Justicia seguir efectuando campañas de difusión de la implementación de la Tramitación Electrónica y los mecanismos dispuestos por la Corte Suprema de Justicia para apoyar a los Profesionales tanto en la capacitación como en el soporte a la Digitalización.

 

Propuesta de Implementación de Trámites Electrónicos.

Juzgados Civil y Comercial:

1. Notificaciones Electrónicas

Desde el lunes 24 de octubre de 2016 se implementarán las notificaciones electrónicas para los Fiscales Civiles como único mecanismo de notificación.

Las notificaciones relacionadas a los Defensores Públicos serán igualmente electrónicas; el juzgado al momento del registro de la actuación que origina una notificación validará que el Defensor Público que se encuentra asociado al registro del Judisoft es el mismo que figura en el expediente físico, caso contrario procederá a actualizar el dato en el sistema informático.

Una vez confirmado el correcto registro en el sistema Judisoft, finalizará la actuación con lo cual el sistema, de forma automática, generará la notificación que dispondrá de manera electrónica en la bandeja de notificaciones asociada al usuario del Defensor Público en el Portal de Gestión de Partes.

Desde el lunes 21 de noviembre de 2016 las notificaciones serán tanto para Fiscales como Defensores Públicos, exclusivamente electrónicas, lo que debe corresponder a un compromiso del Juzgado de actualizar y mantener actualizados los datos de las partes e intervinientes en el sistema de gestión Judisoft.

 

2. Presentaciones Electrónicas

Desde el lunes 24 de octubre de 2016 las presentaciones de los Fiscales y Defensores Públicos serán electrónicas; si por algún motivo, debido al estado del registro, los Defensores Públicos no pueden realizar sus presentaciones, debido a que no están registrados como Defensor Público en el Judisoft, en tales situaciones podrán realizar estas presentaciones en formato papel en el despacho hasta el viernes 18 de noviembre de 2016.

Al recibir el escrito el despacho procederá a verificar el Judisoft registrando al Defensor Público y, posteriormente, deberá registrar la presentación efectuada en el sistema de gestión.

 

3. Interposición de Recursos

Desde el lunes 24 de octubre de 2016 los recursos interpuestos por Abogados, Defensores Públicos y Fiscales serán presentados electrónicamente. Cuando por motivos de deficiencia del registro en el sistema de gestión Judisoft  no se encuentren registrados como intervinientes, hasta el viernes 18 de noviembre de 2016, podrá efectuar presentaciones en formato papel en el despacho, donde a la recepción del recurso se procederá al correcto registro del Abogado, Defensor Público o Fiscal en el Judisoft, y a la carga del recurso, a fin de permitir posteriormente operar la opción de concesión/denegación de recursos, que es el único medio para la obtención de la Sala en la cual tendrá su posterior trámite el recurso presentado.

Desde el lunes 21 de noviembre de 2016 la interposición de recursos solo podrá ser efectuada a través de la plataforma electrónica, operada por Abogados, Defensores Públicos y Fiscales.

En el caso de los Recursos de Queja, la Mesa de Entrada Jurisdiccional arbitrará los medios para los casos en los cuales los Abogados, Defensores Públicos o Fiscales que deseen interponer recursos de queja y no figuren en el expediente. Al efecto, será el despacho donde radica el expediente el responsable de actualizar la información y permitir en consecuencia al Profesional, utilizando el Portal de Gestión de las Partes, dar ingreso al recurso.

 

Juzgados Penales:

1. Notificaciones Electrónicas

Desde el lunes 24 de octubre de 2016 se implementarán las notificaciones electrónicas para los Fiscales Penales; el juzgado al momento del registro de la actuación, que origina una notificación, validará que el fiscal que se encuentra asociado al registro del Judisoft es el mismo que figura en el expediente físico, caso contrario procederá a actualizar el dato en el sistema informático.

Efectuada la actualización, finalizará la actuación en el Judisoft con lo cual el sistema, de forma automática, generará la notificación que dispondrá de manera electrónica en la bandeja de notificaciones asociada al usuario del Fiscal en el Portal de Gestión de Partes.

Las notificaciones relacionadas a los Defensores Públicos serán igualmente electrónicas y se aplicará el mismo sistema de validación de correcto registro en el sistema Judisoft anteriormente descripto.

A manera de certificación adicional, todas las notificaciones enviadas tanto a Fiscales como a Defensores Públicos serán al mismo tiempo informadas a una dirección de correo electrónico provista por la Fiscalía Penal Adjunta o de la Defensoría Adjunta en lo Penal, conforme corresponda, así como a las direcciones declaradas por cada Agente Fiscal o Defensor Público que pertenece a su/s asistente/s.

 

2. Presentaciones Electrónicas

Desde el lunes 24 de octubre de 2016 todas las presentaciones de los Fiscales y Defensores Públicos serán electrónicas; si los Defensores Públicos o Fiscales no pueden realizar sus presentaciones por medio electrónico, debido a que no se encuentran registrados como intervinientes en el Sistema de Gestión Judisoft, estas presentaciones podrán ser realizadas en formato papel en el despacho hasta el viernes 18 de noviembre de 2016.

En estas situaciones el despacho al recibir el escrito deberá proceder a verificar el Judisoft registrando al Defensor Público o Fiscal, como parte y en el rol correspondiente, cargando a continuación la presentación efectuada en el sistema de gestión.

 

3. Interposición de Recursos

Desde el lunes 24 de octubre de 2016 los recursos interpuestos por Abogados, Defensores Públicos y Fiscales serán presentados electrónicamente. Cuando por motivos de deficiencia del registro en el sistema de gestión Judisoft  no se encuentren registrados como intervinientes, hasta el viernes 18 de noviembre de 2016, podrá efectuar presentaciones en formato papel en el despacho, donde a la recepción del recurso se procederá al correcto registro del Abogado, Defensor Público o Fiscal en el Judisoft, y a la carga del recurso, a fin de permitir posteriormente operar la opción de concesión/denegación de recursos, que es el único medio para la obtención de la Sala en la cual tendrá su posterior trámite el recurso presentado.

Desde el lunes 21 de noviembre de 2016 la interposición de recursos solo podrá ser efectuada a través de la plataforma electrónica, operada por Abogados, Defensores Públicos y Fiscales.

En el caso de los Recursos de Queja, la Mesa de Entrada Jurisdiccional arbitrará los medios para los casos en los cuales los Abogados, Defensores Públicos o Fiscales que deseen interponer recursos de queja y no figuren en el expediente. Al efecto, será el despacho donde radica el expediente el responsable de actualizar la información y permitir en consecuencia al Profesional, utilizando el Portal de Gestión de las Partes, dar ingreso al recurso.

 

Tema N° 3:

DEJAR sin efecto el Art. 3° de la Resolución N° 6511 del 9 de agosto de 2016 de la Corte Suprema de Justicia por el cual se dispuso que la Jueza María Lorena Krug S., Jueza de Paz de Pirapó, Circunscripción Judicial de Itapúa, interine sin perjuicio de sus actuales funciones el Juzgado de Paz de Itapuá Poty, hasta nueva disposición de la Excma. Corte Suprema de Justicia.

DISPONER que la Magistrada Maida Ester Vázquez, Jueza de Paz de Capitán Meza, interine sin perjuicio de sus funciones naturales el Juzgado de Paz de Itapúa Poty, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia.

 

Tema N° 4:

MODIFICAR los formularios de presentación de informes trimestrales de los Notarios Públicos dispuesta en la Acordada 637/2011, a través del medio electrónico dispuesto en la Acordada 963/2014, conforme el formato que se adjunta y forma parte de la presente Acordada.

DISPONER la publicación de los nuevos formularios y su disponibilidad en el sitio web de la Institución, propiciando igualmente la suficiente difusión a los Notarios Públicos a efecto del uso de los nuevos formularios a partir del informe correspondiente al cuarto trimestre del mes de diciembre del presente año.

 

Tema N° 5:

TOMAR nota del Oficio J.E.M. Nº 498/1/16 del 12 de agosto de 2016 del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Estar a lo resuelto por Resolución Nº 6511 del 9 de agosto de 2016 de la Corte Suprema de Justicia por la cual se suspende a la Juez de Paz de Itapúa Poty, María Graciela Trauth, en el ejercicio de sus funciones.

 

Tema N° 6:

ESTABLECER que los informes de titulares y de condiciones de dominio solicitados a la Dirección General de los Registros Públicos por instituciones públicas, dependencias u órganos de los demás Poderes del Estado, se expedirán, siempre que acrediten el previo pago (o la exoneración de pago) de la tasa por el servicio registral respectivo. Las solicitudes se formalizarán ante el Departamento de Mesa de Entradas de la D.G.R.P., a través del formulario correspondiente, aprobado, vigente y de descarga gratuita para todos los usuarios.

DISPONER que solo se expedirán copias o fotocopias íntegras de asientos registrales por orden de juez competente, en el marco de una causa judicial debidamente determinada. En los demás casos, la Dirección General de los Registros Públicos indicará al recurrente el archivo, oficina pública o persona en cuyo poder obre el título original registrado cuya copia o fotocopia le fuere requerida.

SEÑALAR que, en todos los casos, el recurrente deberá acreditar el interés legítimo o el asunto de interés público que fundamenta su petición.

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