17 DE MARZO DE 2008
CASO RICARDO ANDRASCHKO SOBRE ABUSO SEXUAL EN NIÑOS
Sala Penal de la Corte rechazó recusación en contra de los jueces Arias y Benítez Riera
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió no hacer lugar a la recusación planteada por la defensa de Ricardo Andraschko en contra de los camaristas Arnulfo Arias y Luis María Benítez Riera. La resolución sostiene que la recusación no puede prosperar, teniendo en cuenta que los argumentos esgrimidos por el encausado carecen de sustento jurídico.
Por carecer de elementos probatorios, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la recusación planteada por Ricardo Andraschko en contra de los camaristas Arnulfo Arias y Luis María Benítez Riera en la causa caratulada “Ricardo Andraschko sobre abuso sexual en niños”, lo que significa que ambos magistrados seguirán entendiendo en la presente causa
La resolución sostiene que la recusación no puede prosperar, ya que carece de sustento probatorio y porque el afectado no ha aportado un solo elemento que sirva de evidencia, y que permita demostrar la veracidad de los agravios denunciados.
En el escrito, Andraschko señala que los citados magistrados han dictado un fallo contrario a derecho con el solo fin de perjudicarlo a él y a su hija, una alta funcionaria pública, alegando trasfondos políticos.
Sin embargo, en su contestación, los magistrados manifiestan que el fallo es acorde a derecho, considerando que se trata de un hecho punible investigado, como es el caso de un supuesto abuso sexual en niños con pornografía infantil y que la resolución adoptada en su momento nada tiene que ver con cuestiones políticas.
Los integrantes de la Sala Penal recalcan, además que los hechos alegados como fundamentos del escrito de manifestación “carecen de elementos probatorios que permitan tenerlos por corroborados, sin que sea posible sustituir los mecanismos legales de verificación por simples conjeturas y apreciaciones puramente subjetivas de quien lo alega, lo que se equipara a manifestaciones desprovistas de toda justificación jurídica y racional”.
Es por ello que la Sala Penal entiende que la presentación planteada resulta improcedente e impertinente y que por lo tanto los magistrados Arnulfo Arias y Luis Maria Benítez Riera continuarán con el conocimiento de la presente causa y ordena remitir los autos al órgano jurisdiccional competente para la correspondiente prosecución del hecho investigado.
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