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10 DE FEBRERO DE 2017

Suspensión de plazos procesales para Juzgado Civil y Comercial 20° Turno

La Corte Suprema de Justicia recuerda la suspensión de los plazos procesales para el Juzgado Civil y Comercial del 20° Turno, en el marco de la implementación del Proyecto del Expediente Judicial Electrónico y el Trámite Judicial Electrónico que continúa vigente durante el mes de febrero.

Los plazos procesales que debían vencer entre el lunes 20 de febrero y el viernes 24 de febrero fenecerán el 27 de febrero del 2017 para el Juzgado Civil y Comercial 20° Turno. Asimismo, se autoriza a los Juzgados de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial del 19º y 20º Turno que efectúen las actividades planificadas para la implementación del nuevo esquema de gestión electrónica, por lo que en el plazo de la suspensión establecida no recibirán presentaciones ni efectuarán trámites en relación a los expedientes tramitados en sus respectivas secretarías.

Los recursos interpuestos en los Juzgados Nº 18, 19 y 20 en lo Civil y Comercial que deban ser estudiados en 2ª Instancia serán tramitados únicamente en la 6ª Sala del mencionado fuero. Por lo mismo, quedan excluidos de entender los recursos presentados en los demás juzgados de la Capital.

Es importante mencionar que durante la plenaria de la Corte Suprema de Justicia se dispuso que en el Juzgado Civil y Comercial del 19º Turno los plazos que debían vencer entre el miércoles 1 de febrero del 2017 y el martes 7 de febrero, fenezcan el miércoles 8 de febrero de dicho año.

La implementación del Expediente Judicial Electrónico obedece a lo estipulado por la máxima instancia judicial con la finalidad de mejorar el sistema de justicia. Posteriormente, se prevé llegar a las demás circunscripciones del país.

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