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Corte Suprema de Justicia

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08 DE JUNIO DE 2009

EN EL CASO QUE INVOLUCRA AL EX ADUANERO RUBEN DARIO SEGOVIA

Sala Penal rechaza recusación y confirma a camaristas

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó la recusación planteada por el ex aduanero Rubén Darío Segovia contra los camaristas Natividad Mercedes Meza, José Waldir Servín y Emiliano Rolón Fernández. El ex aduanero esta imputado por un supuesto intento de homicidio del que resultó víctima su ex esposa, Miriam Garcete y la hija de ambos.

La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala Penal, rechazó la recusación planteada contra tres jueces miembros de dos Tribunales de Apelación por parte del ex aduanero, Rubén Darío Segovia imputado por tentativa de homicidio doloso.

 

El pedido había sido planteado contra la los magistrados Natividad Mercedes Meza y José Waldir Servín, miembros del Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala y contra el magistrados Emiliano Rolón Fernández, integrante del Tribunal de Apelación, Cuarta Sala, quien integró el colegiado al inhibirse el camarista Agustín Lovera Cañete. En su presentación, el accionante, alega como causal de separación, el haber supuestamente emitido opinión a consejo sobre el procedimiento en cuestión.

 

Sin embargo, los ministros miembros de la Sala Penal, tras analizar los informes remitidos por los magistrados afectados señalaron que no corresponde dar lugar a la recusación planteada.

 

En ese sentido, mencionan que en la referida presentación, expresamente se recusa a los magistrados aduciendo el hecho de haber emitido opinión o consejo sobre el procedimiento en el marco del artículo 50, inciso 10º y 13º, sin embargo, a lo largo del escrito exponen como motivos todas las actuaciones procesales realizadas en la causa, donde supuestamente,  se cometieron una serie de irregularidades que nada tienen que ver con los camaristas recusados.

 

Agrega que la parte, recusante al continuar con su exposición de motivos, se explaya aduciendo razones totalmente diferentes a los incisos mencionados como ser la nulidad de la audiencia preliminar, la falta de indagatoria previa, la determinación pendiente sobre acción de inconstitucionalidad, el rechazo de la modificación de la calificación y la fundamentación insuficiente, entre otros, todos ajenos a las intervenciones que tuvo el

Tribunal de Apelación, Tercera Sala.

 

“En esta tesitura y de la lectura de autos, puede observarse que las únicas dos intervenciones que tuvo la Cámara recusada fueron en oportunidad de dictar los fallos A.I. Nº 86 y 299 de fecha 25 de abril y 5 de noviembre del año 2008, respectivamente, mediante los cuales se han resuelto cuestiones de índole procesal y no cuestiones de fondo, entonces bajo ninguna circunstancia pueden considerarse como manifestación de una opinión o consejo respecto al procedimiento, como expresa la norma de referencia”, señala una parte de la resolución.

 

Agrega que ante la ausencia probatoria, las recusaciones e inclusive las inhibiciones deben ser rechazadas y que teniendo en cuenta las consideraciones vertidas corresponde no hacer lugar a la recusación planteada y autorizó que los autos sean remitidos en forma inmediata al órgano jurisdiccional para la prosecución del proceso.    

 

Cabe señalar que el supuesto intento de homicidio ocurrió en la madrugada del 3 de enero del 2008, cuando Rubén Darío Segovia efectuó más de 50 disparos hacia la casa de su ex suegro, Pastor Garcete, donde se encontraban, igualmente su ex esposa Miriam Garcete y la hija de la unión, una criatura de cinco años.

 

Rubén Darío Segovia se encuentra privado de su libertad en la Penitenciaría nacional de Tacumbú desde el pasado 4 de enero del 2008 y la causa elevada a juicio oral y público.

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