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02 DE ENERO DE 2026

INFORMACIÓN INSTITUCIONAL

Donaciones judiciales conforme al marco legal vigente

Las donaciones judiciales constituyen una figura prevista en el ordenamiento jurídico y se disponen por autoridad judicial competente, en el marco de procesos judiciales regulados y con sujeción al debido proceso.

Estas pueden integrarse como parte de medidas de reparación, salidas procesales u otras decisiones adoptadas dentro de un proceso judicial, siempre conforme a la normativa aplicable y a resoluciones debidamente fundadas.

Las medidas son ordenadas por magistrados competentes, dentro de expedientes judiciales, se sustentan en normas legales y en decisiones jurisdiccionales motivadas, y no constituyen actos administrativos discrecionales ni decisiones personales.

Estas están canalizadas conforme a la ley tienen como finalidad atender necesidades institucionales, en particular aquellas vinculadas a servicios esenciales para el funcionamiento del Poder Judicial, tales como el servicio médico y los programas de bienestar del personal.

En ese contexto, los datos de gestión institucional reflejan que, hasta noviembre de 2025, los servicios de salud y asistencia al personal del Poder Judicial y a la ciudadanía registraron un total de 19.782 atenciones, lo que evidencia la relevancia de contar con insumos y equipamientos adecuados para garantizar un servicio continuo, oportuno y eficiente.

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