Vendedores ambulantes no podrán ingresar al Palacio
La Corte Suprema de Justicia resolvió prohibir el ingreso de vendedores ambulantes en el recinto del Palacio de Justicia, con lo que a partir de ahora quedan expresamente prohibidas la venta y comercialización de mercaderías y productos dentro de la sede judicial.
La disposición, adoptada durante la última sesión plenaria, también se extiende a los funcionarios y personal contratado de la máxima instancia judicial, sin distinción de jerarquía o antigüedad, lo que significa que de no respetar la resolución se exponen a las sanciones establecidas.
“Se extiende expresamente la prohibición establecida en el Art. 1º de la presente Resolución a los funcionarios y personal contratado que conforman la Corte Suprema de Justicia, sin distinción de jerarquía o antigüedad, so pena de incurrir en falta grave conforme lo establecido en el artículo 20 inc. e) de la Acordada Nº 709/11”, señala parte de la disposición.
Asimismo, se aclara que quedan exceptuados de los alcances de esta disposición los puestos de ventas y eventos comerciales expresamente autorizados y asignados por resolución del Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia.