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29 DE FEBRERO DE 2008

MOVIMIENTO FUERZA REPUBLICANA

Nucleación política insiste en inscribir candidaturas y promueve acción de inconstitucionalidad

Los representantes legales, así como los apoderados del Movimiento Fuerza Republicana, que entre sus candidatos postula a la señora Nidia Amarilla de Cuevas, por un lugar en la Cámara de Diputados, promovieron ante la Corte Suprema de Justicia una acción de inconstitucionalidad y solicitaron una medida cautelar de urgencia para la inscripción del movimiento. Es a raíz de que el Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala denegó la inscripción de la agrupación, contradiciendo la resolución adoptada por el Tribunal Electoral Segunda Sala que sí reconoce al Movimiento. Un documento similar fue interpuesto por el Movimiento Solidaridad Paranaense.

Una acción de inconstitucionalidad pidiendo una medida cautelar de urgencia que dispone inscribir las candidaturas del Movimiento Fuerza Republicana fue promovida ante la Corte Suprema de Justicia por los apoderados legales de dicha nucleación política.

 

El escrito presentado por el Movimiento que entre sus candidatos postula a Nidia Amarilla de Cuevas por un lugar en la Cámara de Diputados, argumenta que la resolución adoptada por el Tribunal Electoral de la Capital, Primera Sala, al no permitir la inscripción, contradice la determinación del órgano superior que reconoce legalmente al movimiento.

 

“Es arbitraria e institucional denegar la inscripción de nuestras candidaturas y violar nuestros derechos políticos, ignorando dicho Tribunal Electoral sus funciones, obviando todas las gestiones realizadas y reconocidas por el órgano superior” sostiene, una parte el escrito presentado.

 

Agrega que si bien el Tribunal Electoral de la Capital deniega la inscripción, el Tribunal Electoral Segunda Sala acepta y oficializa la inscripción, por lo que es evidente la contradicción en las resoluciones adoptadas.

 

Los apoderados del Movimiento cuestionan además el hecho de que el Tribunal de la Capital, Primera Sala no haya hecho lugar al recurso de apelación presentada por el Movimiento, por lo que califican la resolución de arbitraria e inconstitucional.  

 

Justifican además que “de validarse las arbitrarias resoluciones mencionadas, se estaría cercenando y pisoteando en forma expresa disposiciones constitucionales legales, referentes a la igualdad ante la Ley, así como otras garantías y derechos políticos, electorales de elegir y ser elegidos”, menciona el documento elevado ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y firmado por Juan Bernardino Méndez Vall, Hugo Waldino Lovera López y Adalberto Fox Méndez Paiva, los dos primeros apoderados del movimiento y el último coordinador general y abogado patrocinante.

 

Otra inconstitucionalidad

 

Por otro lado, el Movimiento Solidaridad Paranaense también interpuso una acción de inconstitucionalidad contra una resolución del Tribunal Electoral de la Capital Segunda Sala, así como del Tribunal Superior de Justicia Electoral, que no permitieron la inscripción de los candidatos a diputados nacionales por Alto Paraná de la mencionada nucleación política.

 

 Sostienen que el Tribunal Electoral de Justicia Electoral ha actuado de mala fe y en forma caprichosa al dictar la resolución cuestionada, ya que viola los plazos procesales para resolver el recurso de apelación, generando cuantiosos perjuicios de índole económico y moral para los integrantes del Movimiento. El documento presentado lleva la firma de Luis Alberto Zárate Chávez, abogado y apoderado del Movimiento.

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