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Corte Suprema de Justicia

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11 DE DICIEMBRE DE 2018

SESIÓN DEL MARTES 11 DE DICIEMBRE DE 2018

Decisiones de la plenaria de la Corte Suprema de Justicia

En sesión plenaria de fecha 11 de diciembre del corriente, el pleno de la Corte, con transmisión en vivo, resolvió los siguientes temas:

  • DESIGNACIONES:

Designar a la abogada Laura Celeste Guillén Colmán, como fiscal penal ecológico de la Fiscalía de Salto del Guairá.

Designar en carácter de juezas de Paz de Ciudad del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná a:

 Abogada Feliciana Florentín Cardozo

 Abogada Cándida Ivonne Barreto de Gauto.

Designar en carácter de Defensores Públicos de la Circunscripción Judicial de Caaguazú a:

 Abogado Javier Anatalio García Talavera

 Abogada Paola Pacheco Viana

Rechazar la reposición al cargo del exmagistrado Roberto Martínez Cañete, fecha del fenecimiento del mandato.

  • CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DE CONCEPCIÓN PARA EL PERIODO 2019
     

Aceptar la renuncia de la magistrada Elisa Leonor Cardozo Bareiro al cargo de Vicepresidente Primera del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Concepción, se dispone que el Vicepresidente Segundo Amado Alvarenga Caballero pase a ocupar el cargo de Vicepresidente Primero y que el magistrado Luis Ruíz Aguilar ocupe el cargo de Vicepresidente Segundo.

 

  • REMISIÓN DE ANTECEDENTES A LA OFICINA DISCIPLINARIA

Atento a la publicación periodística del diario ABC Color de la fecha 8 de diciembre, que reproduce cuestionamientos del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Alto Paraguay a la Corte Suprema de Justicia, se dispuso remitir estos antecedentes a la Oficina Disciplinaria para la apertura de una investigación preliminar.

 

  • REGLAMENTACIÓN INTERNA PARA APLICACIÓN DE LEY 6.187/18

La directora de la Dirección del Registro de Automotores, Julia Cardozo explicó acerca de la promulgación de la Ley 6.187/2018, que aprueba la N° 33/14 PATENTE Y SISTEMA DE CONSULTAS SOBRE VEHÍCULOS DEL MERCOSUR, en este sentido la normativa será reglamentada para su posterior aplicación.

 

  • NOTAS REMITIDAS POR ESCRIBANOS

. En relación a la comunicación realizada por la Notaria Pública Inés Alcalá de Bauza, Titular del Registro Notarial N° 618 del fallecimiento del Notario y Escribano Público Darwin Antonio Bauza Bergues, Titular del Registro Notarial N° 117, con asiento en Ciudad del Este. El Art. 148° del Código de Organización Judicial que dispone: “Si se produjere la vacancia de un Registro, el Juez en lo Civil o en lo Comercial de turno, según el caso, procederá en el día a cerrar los protocolos, consignando el número de escrituras que contengan, fecha de la última que se hubiese otorgado y números de fojas de los Protocolos, firmando esa constancia con el Secretario y aplicándoles el sello del Juzgado”. Por otra parte el Art. 110 de la ley N° 879/81, modificado por la Ley N° 906/96, dispone: “En caso de renuncia, fallecimiento o destitución de un Notario Público, el Registro Notarial quedará vacante hasta su nuevo otorgamiento. En los casos contemplados en el presente Artículo y en el Artículo 106, el Presidente del Tribunal de Apelación en lo Civil de la correspondiente Circunscripción Judicial recibirá el Registro Notarial bajo formal inventario y dispondrá su traslado al Archivo respectivo”. Conforme las disposiciones legales mencionadas, corresponde declarar vacante el Registro Notarial N° 117, con Asiento en Ciudad del Este, al tiempo de comunicar al Juez en lo Civil y Comercial de la Circunscripción Judicial respectiva, para que reciba – bajo formal inventario – el Registro Notarial y disponga su traslado al archivo correspondiente, salvo mejor y fundado parecer.

. En relación al pedido del Notario Público Darío Antonio Vera Antola, Titular del Registro Notarial N° 580, con asiento en la Ciudad de Asunción, de permiso y designación de Notario Suplente, a partir del 2 de noviembre hasta el 16 de noviembre de 2018. Para el efecto, propuso al Notario Público Darío Rolón, Titular del Registro Notarial N° 715, quien no suscribió la solicitud. La Acordada N° 490/07, en su Art. 2°, segundo párrafo dispone: “… En todos los casos de propuesta de designación de Notario Suplente, deberá ser acompañada de la firma del Notario Propuesto en prueba de conformidad…”. Asimismo, no adjuntó copia autenticada de la Resolución dictada por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de Turno, concediendo el permiso respectivo. Se rechazó el pedido.

 

. En relación al pedido de la Notaria Pública Aurelia Concepción Ibarra Ferreira, Titular del Registro Notarial N° 1.190, con Asiento en Ciudad de Santa Rosa de lima, Departamento de Misiones, de reconsideración a su solicitud de traslado del Registro Notarial a su cargo a la Ciudad de Tobatí, Departamento de Cordillera. Al respecto, estése a la N.S. N° 3.012, del 24 de octubre de 2018, por la que se denegó el pedido, resaltando que la decisión fue del Pleno de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, por unanimidad. Por lo cual se rechazó el pedido.

. En relación al pedido de la Notaria Pública Carmen Alicia Paniagua Benítez, Titular del Registro Notarial N° 389, con asiento en la Ciudad de Asunción, de permiso y designación de Notario Suplente. Para el efecto, propuso a la Notaria Pública Ana María Di Martino de Davis, Titular del Registro N° 72, con Asiento en Asunción, quien suscribió la solicitud, en prueba de conformidad. Corresponde designar a la Notaria propuesta por la solicitante en carácter de Notaria Suplente, a partir del 30 de noviembre de 2018 hasta el 15 de diciembre de 2018.

- En relación con la comunicación realizada por los Señores Orlando Andrés Arzamendia y Sergio Robert Arevalos, en carácter de empleados principales de la Escribanía a cargo de la Notaria Pública Isabel Insfrán Escobar, Titular del Registro Notarial Nº 298, con Asiento en la Ciudad de Minga Guazú, del fallecimiento de la citada Escribana acaecido el 12 de noviembre de 2018. Conforme los Arts. 148º y 110º -modificado por la Ley Nº903/96- del Código de Organización Judicial, corresponde declarar vacante el Registro Notarial Nº298, con Asiento en Minga Guazú, al tiempo de comunicar al Juez en lo Civil y Comercial de la Circunscripción Judicial respectiva, para que reciba- bajo formal inventario- el Registro Notarial y disponga su traslado al archivo correspondiente.

- En relación con pedido de la Notaria Pública Celina Quintana Sosa, Titular del Registro Notarial Nº 795, con asiento en la Ciudad de Ypané, de permiso designación de Notario Suplente, en forma indefinida, para ausentarse del asiento de su Notaría. Dicho pedido obedece a que la Titular del Registro, deberá realizarse un tratamiento médico en el Brasil. Propuso a la Notaria Pública- sin registro- Lucía Lorena Ibarra Ovelar, quien suscribió la solicitud que nos ocupa en prueba de conformidad. El Art. 102, inciso f), de la Ley Nº 2.335/03 (que modificó el Art. 2, del Código de Organización Judicial) exige para el ejercicio de la Función Notarial el “haber aprobado previamente un Concurso de Oposición”, refiriéndose al último concurso desarrollado. La Fedataria propuesta no demostró haber cumplido con el mencionado requisito. Asimismo, la solicitante no adjunto copia autenticada de la Resolución dictada por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Circunscripción Judicial respectiva. Por las razones explicitadas y en observación de las disposiciones legales señaladas, la solicitud en estudio no podrá hallar acogida favorable.

- En relación al pedido de la Notaria Pública Rocío Celeste Melgarejo Velázquez, Titular del Registro Notarial N° 1.193, con Asiento en el Distrito de Azote´y, Departamento de Concepción, de reconsideración a su solicitud de traslado del Registro Notarial a su cargo al Distrito de Cambyretá, Departamento de Itapúa. Al respecto, estése a la N.S. N° 2.719, del 26 de setiembre de 2018, por la que se denegó el pedido, resaltando que dicha decisión fue del Pleno de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia.

 

  • OFICIO REMITIDO POR EL JURADO DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS

Se tomó nota del oficio remitidos por el JEM, N° 1121/18 del 5 de diciembre de 2018, del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, por el que se comunican que por S.D. N° 57/18 del 9 de octubre de 2018, se resolvió: “…1) Apercibir al Abg. José Martín Morínigo, Agente Fiscal de la Unidad Penal N° 07 de la Capital, sobre la base de las consideraciones expuestas en el exordio de la presente resolución: 2) Disponer de Oficio el levantamiento de la suspensión preventiva que pesa sobre el Agente Fiscal enjuiciado, Abg. José Martín Morínigo, de conformidad a los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución. Para el efecto líbrese Oficio…”. Asimismo, se inscribe en su legajo personal.

 

  • NOTA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Con relación a la nota N° 430/2018 por la que remite copia autenticada de la Resolución Ministerial N° 358 del 3 de diciembre de 2018, “Por la cual se dispone la reapertura de la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, dependiente de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios del Ministerio de Justicia”, para conocimiento y consideración. Solicita comunicar a los Juzgados Penales de Garantía, Sentencia y Ejecución Penal sobre la disposición adoptada, de manera a que tomen conocimiento de la disponibilidad para la recepción de personas privadas de libertad en dicha Penitenciaría. Se toma nota y se comunica a los jueces y entidades interesadas.

 

  • NOTAS DIFERIDAS PARA SUS TRATAMIENTOS:

. La nota enviada por el abogado Luis Alberto Zarate Chávez, quien expresó su queja formal respecto a la investigación preliminar sobre supuestas irregularidades cometidas por los miembros de Tribunal de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, magistrados: Miryam Felipa Meza de López, Aniceto Amarilla Arévalos e Isidro González Sánchez, en el ejercicio de sus funciones. Se difirió para la próxima sesión.

. La nota enviada por el Dr. Eric Salum Pires, presidente de la Cámara Paraguaya de Empresas Loteadoras e inmobiliarias (CAPELI), por la que se pone a consideración la suscripción de un Convenio Marco entre el Poder Judicial y la Cámara que preside. El convenio está relacionado con las tareas de la Dirección General de los Registros Públicos. Se difirió para la próxima  sesión.

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