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Corte Suprema de Justicia

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09 DE SEPTIEMBRE DE 2008

EXISTEN DOCUMENTOS RESPALDATORIOS

Corte aclara que no hubo mal manejo administrativo en pago de bonificaciones

La Corte Suprema de Justicia descartó que haya habido daño patrimonial en el pago de las bonificaciones tal como dio a entender la Contraloría General de la República y publicado por varios medios escritos. A través de los directores administrativos aclaró que los pagos se realizaron conforme a ley y bajo dictamen favorable de la Procuraduría General de la República, además de un aval del ente contralor de años anteriores. El licenciado Roberto Torres, Director Administrativo del Poder Judicial, manifestó además que existen acordadas que respaldan dicho desembolso.

La Corte Suprema de Justicia, en base a documentos, justificó los 503.758.393 de guaraníes abonados en concepto de bonificaciones por responsabilidad en el cargo y señaló que el pago cuenta con dictamen favorable de la Procuraduría General de la República y de la Contraloría General de la República, cuando se desempeñaba como contralor el doctor Francisco Galiano, quien determinó en el 2004 que la Corte contaba con facultades constitucionales para dictar su propio reglamento  interno, basada en el Artículo 249 de la Constitución Nacional, que le otorga autarquía presupuestaria.

 

Descartó a la vez que haya habido daño patrimonial y que exista algún tipo de irregularidad en el manejo de dicho monto. “Nosotros consideramos que no hubo daño patrimonial puesto que los datos que se precisan son datos que están bien determinados y que pueden ser reconocidos y sustentados en documentos sin ningún tipo de inconveniente. De hecho la Contraloría en ningún momento manifiesta que hubo daño patrimonial” señaló, el director general de Administración y Finanzas de la Corte Suprema de Justicia, licenciado Roberto Torres.

 

Resaltó, luego que los quinientos millones de guaraníes corresponden al pago de bonificaciones y que están plenamente justificados. “Por ejemplo, los actuarios judiciales, que es lo que cuestiona la Contraloría General, para nosotros representan una función fundamental dentro del área jurisdiccional, por lo tanto la Corte en base a sus reglamentaciones considera que deben percibir bonificaciones, sin embargo, la Contraloría realiza la suma, pero no cuantifica en que concepto se pagó” indicó Torres.

 

Aclaró que existen Acordadas que reglamentan dichos pagos y que no existe ninguna irregularidad en el manejo de dichos montos, ya que se encuentra determinado en la Acordada N° 250 del 15 de febrero de 2002 por la que se “Reglamenta el pago de Bonificaciones y Gratificaciones a funcionarios del Poder Judicial. Incluso el artículo 2° de la mencionada Acordada, prevé la asignación a funcionarios del área jurisdiccional y administrativa, y, en el Artículo 5°, establece, la metodología para la asignación de dichas remuneraciones complementarias, considerándose para el efecto la carga de trabajo y la responsabilidad. Además, complementa a dicho cuerpo legal, la Acordada N° 347 del 09 de febrero de 2005.

 

En cuanto al tema patrimonial, Torres aclaró que el Poder Judicial invirtió gran parte de su presupuesto en obras, a nivel nacional  y que dichas inversiones están plenamente  demostradas. “La Contraloría cuestiona, además que lo que dice la contabilidad no es lo que aparece en los reportes del área patrimonio, y eso es lo que pretendemos conciliar. Como podrán notar el mayor monto a que se hace énfasis tiene que ver con la edificación y los terrenos, pero como sabrán tenemos edificaciones en toda la República y propiedades de la Corte en todo el país y las discrepancias quizás tiene que ver con algunas registraciones o denominaciones en materia de cuenta corriente catastral que no coincide con los títulos o algunas que otras observaciones, pero creemos que en un corto tiempo podemos dar solución a este aspecto, pero aclaramos no hay ninguna irregularidad” aseguró Torres.

 

Ver documentos:
- Acordada Nº 250 del 2002 [formato PDF - 14KB]

- Acordada Nº 347 del 2005 [formato PDF - 7KB]

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