14 DE OCTUBRE DE 2008
RESOLUCION DEL CONSEJO DE SUPERINTENDENCIA
Disponen casar matricula de abogado por mala conducta y faltas graves en el ejercicio de la función
Tras estudiar una serie de denuncias, entre ellas por mala conducta y faltas graves cometidas en el ejercicio de la profesión formuladas contra el abogado Hans Otto Kroeger Kaethler y luego de analizar detenidamente el sumario correspondiente, el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia resolvió casar la matricula otorgada al profesional. En ese sentido, cita el artículo 94 del Código de Organización Judicial, en el que se prevé que la Corte Suprema de Justicia casará o anulará la matrícula de abogado o procurador por mala conducta, faltas graves en el ejercicio de la profesión e incapacidad física o mental inhabilitante debidamente comprobada.
Entre las tantas denuncias expuestas en contra del abogado resalta la presentada por las agentes fiscales de Hernandarias, Haydee Barboza de González y Zunilda Martínez Noguera por graves atropellos y falta total de decoro. “El mismo usa la agresividad verbal hasta incluso física en el afán de obtener resoluciones favorables a sus intereses, tratando de coaccionar de esta manera y torcer el derecho a su favor”, señala en una parte el escrito presentado por las agentes fiscales.
En tanto los abogados quienes tuvieron que litigar con él sostienen igualmente, que “valiéndose de su ya bastante reconocida prepotencia y falta de respeto hacía los demás, se dedica a ensuciar y denigrar la imagen de los representantes de la sociedad”.
La inhibición de todos los miembros de los Tribunales de Apelación, así como del Tribunal Ad Hoc, en el expediente caratulado “Ministerio Público c/ Nilson Ismael Ramírez s/ supuesto hecho punible contra la propiedad- Robo agravado” es otra de las causales que le valió la casación de su matrícula.
Según se refiere en el registro de entrevista de una integrante del Tribunal de Apelación de la Niñez y Adolescencia y del Fuero Penal Adolescente del Alto Paraná y Canidenyú , la misma refirió que “es menester aclarar que el profesional Hans Otto Kroeger ha conseguido la inhibición de la mayoría, por no decir de casi todos los magistrados del Alto Paraná, y éstas inhibiciones sucesivas se deben al carácter prepotente, arbitrario y atropellador del señor Hans Otto Kroeger” y agrega que en mas de una oportunidad fueron testigos de incidentes como gritos, golpes a las puertas de los despachos, los escritorios e incluso situaciones de desnudez por parte de la señora esposa del profesional, siempre con palabras ofensivas y amenazadoras, y que incluso los hechos pudieron ser corroborados por la Superintendencia a través de informes de los diferentes Juzgados que han intervenido en los procesos llevados por éste profesional.
Asimismo, se menciona que el abogado tiene mas de un centenar de denuncias presentadas sin sustento jurídico contra fiscales adjuntos, jueces y camaristas de la Región del Alto Paraná y Canindeyu y que también existen innumerables funcionarios del Ministerio Público que fueron denunciados por Otto Kroeger por la supuesta comisión de algún hecho punible, que en realidad no resulta más que la exteriorización de un carácter agresivo, iracundo, intolerante e irrespetuoso hacia los operadores de justicia.
Además, se menciona en la resolución, que en más de una ocasión trató de “jueza corrupta y estúpida” a las magistradas que tuvieron a su cargo las causas en las que el abogado intervino.
También se señala que el Superintendente General de Justicia por dictamen N° 308 de fecha 12 de septiembre del 2008 declaró probados los hechos denunciados contra el abogado y recomendó la aplicación de una sanción de suspensión en el ejercicio de sus funciones por el término de tres meses a ser computadas desde el 30 de septiembre.
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