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Corte Suprema de Justicia

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19 DE JUNIO DE 2009

NO CUENTA CON ARRAIGO Y FIANZA ES INSUFICIENTE

Juez dispuso que Montanaro siga en prisión en el Rigoberto Caballero

El ex ministro del Interior del régimen de Alfredo Stroessner, Sabino Augusto Montanaro seguirá internado en el Hospital de Policía Rigoberto Caballero. Así lo dispuso el juez de Liquidación y Sentencia Arnaldo Fleitas, quien rechazó los pedidos de revocatoria de prisión y de prisión preventiva planteados por la defensa.

El juez de Liquidación y Sentencia, Arnaldo Fleitas negó el pedido de revocatoria de prisión y de prisión preventiva planteado por la defensa del ex ministro del interior del régimen de Stroessner, Sabino Augusto Montanaro, con lo que éste seguirá internado en el Hospital de Policía, Rigoberto Caballero.

 

El magistrado negó el pedido argumentando que el procesado no cuenta con suficiente arraigo, y que la fianza ofrecida es insuficiente y que por lo tanto es necesario asegurar la presencia de Montanaro para la continuidad del proceso y el esclarecimiento de los hechos investigados.

 

"Esta magistratura concluye que la situación de alta médica no implica necesariamente el traslado del procesado Sabino Augusto Montanaro a su domicilio. Si bien esta situación refiere la circunstancia de que el mismo se encuentra en condiciones de abandonar su lugar de internación, la misma no significa que este juzgado deba ordenar su traslado a otro lugar de manera obligatoria" refiere, Fleitas.

 

En su pedido, los abogados señalaron que corresponde el traslado de Montanaro, argumentando que la actual legislación prohíbe la prisión de mayores de 70 años, agregando, además que su defendido tiene escasa movilidad como consecuencia de las distintas dolencias que padece. Sin embargo, el juzgado no consideró estos argumentos como válidos y denegó el pedido.

 

Los abogados querellantes también, se opusieron al pedido planteado por la defensa de Montanaro, solicitando incluso la remisión de éste a la Penitenciaría nacional de Tacumbú, en tanto los fiscales intervinientes recomendaron la prisión domiciliaria, pero solo una vez realizados todos los estudios dispuestos por el juzgado.

 

 

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