09 DE JULIO DE 2026
COMUNICADO INSTITUCIONAL
RUN informa sobre el avance del proceso de implementación y el funcionamiento de sus servicios
Con el propósito de brindar información oportuna, precisa y contextualizada a la ciudadanía, en el marco de su compromiso con la transparencia, el acceso a la información pública y el fortalecimiento de la seguridad jurídica, el Registro Unificado Nacional (RUN), dependiente de la Corte Suprema de Justicia, pone a conocimiento el siguiente comunicado sobre el proceso de implementación de la Ley N.° 7.424/25. El documento expone el estado de funcionamiento de sus servicios, los avances alcanzados, los desafíos propios de esta etapa de integración institucional y las acciones impulsadas para consolidar una gestión registral y catastral cada vez más eficiente, coordinada y orientada al servicio de la ciudadanía.
A continuación, se transcribe íntegramente el comunicado oficial emitido por el Registro Unificado Nacional:
COMUNICADO SOBRE EL PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO UNIFICADO NACIONAL (RUN)
Tras las publicaciones periodísticas de los últimos días que refieren a la supuesta falta de integración efectiva entre las instituciones fusionadas: Dirección General de los Registros Públicos, Dirección General del Servicio Nacional de Catastro y Departamento de Agrimensura y Geodesia, demoras en la expedición de documentaciones y los riesgos en la seguridad jurídica de las transacciones inmobiliarias, se aclara cuanto sigue:
El Registro Unificado Nacional se encuentra integrado por 3 (tres) Direcciones Generales que congregan a importantes registros jurídicos y físicos, a saber:
- Dirección General del Registro de Automotores,
- Dirección General de Registros Especiales, y,
- Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles, que comprende a la Dirección del Registro Inmobiliario y a la Dirección de Catastro.
La implementación de la Ley N° 7.424/25 no registra actuales inconvenientes operativos, técnicos y de cumplimiento de plazos de expedición en las documentaciones ingresadas en las Direcciones Generales del Registro de Automotores y de Registros Especiales (registro de Poderes, Personas Jurídicas y Asociaciones, Público de Comercio, Prendas, Anotaciones Personales, Derechos Patrimoniales en las Relaciones de Familia).
Ahora bien, el eje central de la implementación de la ley mencionada tiene como objeto a los registros inmobiliarios y catastrales que, históricamente, han sido administrados y gestionados por instituciones dependientes de distintos Poderes del Estado y que fueron fusionadas por aplicación de la ley. Como resultado de dicha fusión debieron establecerse criterios jurídicos y técnicos unificados para el procesamiento de determinados tipos de documentaciones, así como la emisión de resoluciones específicas para la solución de problemáticas diversas. Tales criterios obran en acordadas y resoluciones dictadas tanto por la Corte Suprema de Justicia como por la Gerencia Superior y la Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles y que se hallan publicadas en el portal web RUN.
Existen puntuales inconvenientes derivados del traslado físico diario de los documentos entre las sedes catastrales y registrales, el distanciamiento en las labores de los registradores y verificadores catastrales y la falta de una plataforma electrónica única, que requieren de un presupuesto adecuado y sostenido. Se señala a dicho respecto que, conforme lo establecen los artículos 176 y 177 de la Ley N° 7.424/25, recién a partir del año 2027, el RUN detentará, en forma gradual, el 21% del porcentaje en materia de recaudación de las tasas que le fue asignado para el financiamiento de gastos inherentes a inversión (60%: recursos tecnológicos y mejoramiento de la infraestructura edilicia), y a los gastos operativos, incluyendo capacitación y beneficios del personal (hasta el 40%).
Por tanto, la falta de celeridad actual en la expedición de los documentos ingresados a la Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles, se debe a los graduales ajustes operativos y coordinaciones técnicas propios de un proceso de fusión institucional de esta envergadura al que se suma las limitaciones en materia de infraestructura física y tecnológica. Debe destacarse, sin embargo, que el negocio y tráfico inmobiliario en nuestro país no se han interrumpido pese a la implementación del nuevo ente lo cual queda reflejado en el cuadro estadístico expuesto a continuación que denota el alto ingreso de documentos y su expedición en el lapso de tiempo comprendido entre el 14 de enero y el 30 de junio del corriente año.
Verificado dicho cuadro, en el lapso de tiempo entre el 14 de enero y el 30 de junio del corriente año, ingresaron a la Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles un total de 228.245 documentos, siendo expedidos, hasta el día 08 de julio de 2026, 192.513 documentos que representa el 84,3% de efectividad en la tramitación de los distintos tipos de documentaciones (escrituras públicas, certificados catastro registrales, informes catastro registrales, oficios electrónicos judiciales, cotejo y registro de planos, fraccionamientos, loteamientos, sometimientos a la propiedad por pisos y departamentos, copias de títulos, entre otros)
El Registro Unificado Nacional y, específicamente, la Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles, se encuentra en un proceso de implementación y consolidación institucional en el que apenas han trascurrido 6 meses desde el inicio de la integración de los antecedentes generados durante décadas bajo distintos marcos normativos, metodologías técnicas y sistemas de información. A medida que concluyan los procesos de migración, saneamiento e integración de los datos históricos además de la próxima implementación tanto del Certificado Catastro Registral Inmobiliario como del Informe Catastro Registral Inmobiliario digital, a través del SIGRE, se espera una reducción progresiva de los tiempos de tramitación y una mejora sostenida en la calidad del servicio.
En cuanto a las inconsistencias en los títulos de propiedad y, puntualmente, en sus correspondientes gráficos, que obedecen a: antecedentes históricos, errores de ubicación gráfica, falta de incorporación cartográfica, diferencias de superficie, nomenclatura o datos provenientes de sistemas anteriores, entre otros, se están detectando, específicamente, en la etapa de certificación catastro registral. Tales inconsistencias son analizadas y resueltas en un alto porcentaje por la Dirección General de Catastro y Registro de Inmuebles, a través de los recursos de revisión y de subsanación que se interponen contra aquellas.
Finalmente se recomienda a la ciudadanía con trámites pendientes ante el RUN, requerir a los profesionales abogados o notarios públicos responsables de tales trámites, el número de contraseña de entrada del documento e ingresar al link de consulta institucional para su correspondiente seguimiento.
Descarga de archivos
-

Run Resumen Ejecutivos De Servicios Ingresados Hasta El 30 De Junio
[Abrir] [Descargar]
150 Kb








