27 DE SEPTIEMBRE DE 2010
RECHAZO ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD
Corte ratifica remoción de fiscal de Ñeembucú
La Corte Suprema de Justicia resolvió no hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por el abogado Gustavo Vázquez Rotela, ex agente fiscal de Ñeembucú, contra una Sentencia Definitiva dictada por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que dispuso apartarlo del cargo por mal desempeño en sus funciones. La resolución de la máxima instancia judicial señala que no se violaron garantías o derechos constitucionales, como menciona el recurrente.
Por no registrarse arbitrariedad alguna, ni violarse garantías o derechos constitucionales, la Corte Suprema de Justicia resolvió no hacer lugar a la acción de inconstitucionalidad promovida por el abogado Gustavo Vázquez Rotela, ex agente fiscal de la unidad Penal Nº 4 de la Novena Región Fiscal de Ñeembucú contra la Sentencia Definitiva Nº 7/04 de fecha 29 de abril de 2004, por la cual el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados dispuso removerlo del cargo por mal desempeño en sus funciones.
Según el recurrente, el fallo del Jurado de Enjuiciamiento violó varios derechos constitucionales como por ejemplo el Derecho Constitucional de Petición a las Autoridades, Presunción de Inocencia, Derecho a la Defensa, Derecho del Debido Proceso y Principio de Legalidad.
Sin embargo, a criterio de los ministros de la Corte Suprema no se registraron tales violaciones y que en la acción de inconstitucionalidad planteada no se observan argumentos convincentes, sólidos y diáfanos que sean suficientes para descalificar a la resolución impugnada y que tampoco ha podido demostrar la arbitrariedad del fallo.
A esto se suma el dictamen fiscal por el que la Fiscalía General del Estado, solicitó a la Corte Suprema de Justicia, dictar sentencia rechazando la acción de inconstitucionalidad por improcedente. Agregó además que no existió violación de las garantías o los derechos que amparan a toda persona sometida a juicio y que por ello la acción planteada debe ser rechazada.