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Dirección de Mediación

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Materia y Casos Mediables

Podrán ser objeto de mediación todos aquellos asuntos susceptibles de transacción, conciliación o arbitraje. Es especialmente recomendable cuando las partes mantienen una relación que debe perdurar en el tiempo, o cuando factores como la confidencialidad, la rapidez y el ahorro económico son fundamentales.

Los casos se distribuyen en los siguientes fueros:

  • Civil y Comercial:

- Indemnización de daños y perjuicios.

- Pago por consignación.

- Acción preparatoria de juicio ejecutivo.

- Prestación de alimentos.

- Cobro de guaraníes.

- Incumplimiento de contrato.

- Reconocimiento de crédito.

- División de cosas comunes y partición de condominio.

- Disolución de la comunidad de gananciales.

- Obligación de hacer escritura pública.

- Divorcio a petición de una sola de las partes.

- Desalojo, entre otros.

  • Niñez y Adolescencia:

- Asistencia alimentaria (ofrecimiento, aumento o disminución).

- Régimen de convivencia.

- Régimen de relación.

- Compromiso de reconocimiento de filiación, entre otros.

  • Penal (Adultos):

- Acción Penal Privada: Lesión, difamación, calumnia e injuria, atropello de domicilio, amenaza, entre otros.

- Acción Penal Pública: Coacción, invasión de inmueble ajeno, violación de la confidencialidad de la palabra, apropiación, hurto simple, obstrucción al resarcimiento de daños en accidentes de tránsito, hechos punibles contra los derechos de propiedad intelectual, estafa, lesión de confianza e incumplimiento del deber legal alimentario.

  • Laboral:

- Retiro justificado y cobro de guaraníes.

- Despido injustificado.

- Cumplimiento de contrato, entre otros.

  • Penal Adolescente:

- Robo, hurto y lesión.