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22 DE ENERO DE 2008

HASTA FIN DE AÑO SE REGISTRARON MAS DE 560 NUEVAS INSCRIPCIONES

Actualmente existen 476 mil marcas y señales de ganado en el país

En la dirección de Marcas y Señales de Ganado hasta el mes de diciembre se registraron más de 560 inscripciones según el abogado Rubén Agüero director de dicha repartición. Igualmente, dijo que según en la Ley N° 2576, las marcas y señales en desuso por tres años quedarán automáticamente sin efecto, lo que se constatará con los informes de las oficinas de Senacsa.

El director de Marcas y Señales de Ganado, abogado Rubén Agüero informó que hasta fines de diciembre se registraron más de 560 inscripciones. El alto funcionario se refirió, también sobre algunos requisitos para la inscripción del ganado indicando que cuando la solicitud es presentada por el titular se requiere primeramente comprar formulario y completar la solicitud, el pago de tasas especiales y judiciales, dos fotocopias de cédula de identidad del titular, y en caso de extranjeros documentos de identidad de origen o pasaporte.

 

Con respecto a solicitudes presentadas por representante, además de los requisitos anteriormente citados se necesita una carta poder o autorización con certificación de firma por el escribano o juez de paz de distrito, dos fotocopias de cédula de identidad del apoderado o autorizante.

 

También, señaló que cuando es solicitada por una persona jurídica, además de los requisitos anteriores se requiere de una fotocopia de estatuto social y fotocopia de RUC.

 

El Director de dicha dependencia, mencionó que según la Ley N° 2.576/5 que ordena la reinscripción de todas las marcas y señales de ganado establece que la dirección de Marcas y Señales percibirá en concepto de Tasa Especial por cada inscripción o reinscripción de las mismas el equivalente de un jornal y medio establecido para actividades diversas no especificadas en la República.

 

El abogado Agüero, también se refirió sobre un convenio entre la Corte Suprema de Justicia, Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) y la Asociación Rural del Paraguay (ARP) a los efectos de controlar las marcas y señales del ganado que será ejecutado próximamente.

 

Ver documento: Ley Nº 2576 de marcas y señales de ganado. (formato PDF - 778KB)

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