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Corte Suprema de Justicia

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05 DE ABRIL DE 2019

ACLARATORIA

La Sala Penal no trató el derecho de lactancia de la Tte. Carmen Dolores Quintero Giménez

A fin de aclarar a la ciudadanía, expuesta a informaciones inexactas e incorrectas, la ministra Miryam Peña Candia manifiesta cuanto sigue:

En el recurso presentado por la Tte. Carmen Dolores Quintero Giménez, resuelto por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en el que intervino como miembro: jamás fue estudiado, ni debatido, ni cuestionado el Derecho de lactancia que por imperio de la Constitución Nacional le corresponde a la recurrente.

Precisamente la desinformación consiste en que la resolución de la Sala Penal se refirió exclusivamente a los cuestionamientos hechos por la teniente respecto a la prescripción de la acción penal militar y la sanción disciplinaria que le fue impuesta.

La sanción de una falta disciplinaria militar no tiene nada que ver con su derecho de lactancia, que no fue negado, ni cuestionado, ni motivó los agravios de la teniente en contra de la sanción impuesta a la misma por la falta militar establecida en el artículo 299 inciso h del Código Penal Militar.

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