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21 DE MAYO DE 2020

EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO

Actuación de la Fiscalía ante la denuncia de la CSJ por presunta alteración en la asignación de causas del Fuero Civil

Ante las publicaciones periodísticas realizadas el miércoles 20 de mayo del corriente, con relación a la constitución de la fiscal de Delitos Informáticos, abogada Irma Llano, en el Palacio de Justicia de Asunción, cabe mencionar que la plataforma digital denominada “Expediente Judicial Electrónico”, implementada por la Corte Suprema de Justicia, no ha sufrido ningún tipo de hackeo y que los controles de seguridad establecidos en ella son efectivos.

El procedimiento llevado a cabo por la fiscalía en la Dirección de Tecnología y las Comunicaciones de la CSJ fue en el marco de una denuncia hecha por esta misma dependencia, en setiembre del 2019, al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia en relación a la herramienta de sorteo de expedientes denominada “Mesa de Entrada en Línea”, ya que, gracias al sistema de auditoría con el que cuenta esta plataforma digital, se detectaron presuntas irregularidades con respecto a la asignación de expedientes en ciertos Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial.

En ese sentido, se detectó el supuesto ingreso direccionado de escritos por parte de abogados a juzgados determinados, utilizando la citada herramienta, haciendo uso de la opción “Fuero de Atracción”, para poder vincular juicios que tengan dichas características –tales como los casos de sucesión, convocatoria de acreedores, quiebras y disolución de la comunidad conyugal.

Así, aparentemente, los profesionales procedían a ingresar escritos correspondientes a supuestos juicios nuevos, vinculándolos con juicios universales que ya se encontraban en trámite en la secretaría a la cual deseaban remitir el caso nuevo, sin que aquellos tengan relación alguna con estos, eludiendo así el sorteo de causas que debía realizarse mediante la herramienta “Mesa de Entrada en Línea”.

Asignado el expediente, el mismo era presentado a la secretaría del juzgado y, una vez ahí, funcionarios de dichas dependencias, que poseían atribuciones en el sistema Judisoft, presuntamente procedían a realizar los cambios de la carátula, objeto y partes del expediente, para que existiese coincidencia entre lo que se mencionaba en el escrito de presentación, instrumentales y documentales (PDF) que eran cargados al sistema de Mesa de Entrada en Línea.

Como se mencionó, el sistema de Mesa de Entrada en Línea se encuentra diseñada en el marco de las Acordadas 820/2013 y 841/2013, por lo que cuenta con la opción de “Fuero de Atracción” para aquellas causas que necesariamente deban ser vinculadas a juicios universales. 

Además, cabe mencionar que ante el descubrimiento de esas supuestas irregularidades, como primera medida de seguridad, los atributos con que contaban los funcionarios jurisdiccionales en la herramienta Judisoft, y que se encontraban dispuestos para las eventuales correcciones a los expedientes que fueran sorteados con algún error por parte del auxiliar de justicia, fueron reducidos, designándose únicamente a jueces y actuarios para realizar dichos cambios. 

También es importante poner de manifiesto que la misma Dirección de Tecnología y las Comunicaciones solicitó a la fiscalía asignada a la investigación que se constituya en esta dependencia a fin de realizar un trabajo conjunto y que así se pudiera comprender el funcionamiento interno del Sistema de Sorteos de Causas en Línea.

En cuanto a la supuesta vulnerabilidad de las plataformas digitales implementadas en la tramitación de causas judiciales, cabe indicar que ella se encuentra minimizada gracias a los controles de seguridad y transparencia que operan al máximo, ya que el expediente digital es un complejo algoritmo de datos que se encuentran encriptados con estándares de seguridad preestablecidos a nivel internacional. 

El sistema de Gestión Jurisdiccional cuenta con una auditoría a nivel base de datos que permite realizar la trazabilidad y el control, en distintos puntos externos, de todo lo actuado en el expediente desde el momento que el mismo es sorteado por el usuario externo, sea el fiscal, abogado, defensor público u otro auxiliar de justicia que tenga interés en gestionar algún proceso judicial.

Cualquier pedido de cambio solicitado por orden judicial es realizado y reflejado en la base de datos de auditoría de gestión, la cual es alojada en un servidor totalmente externo y que no guarda relación alguna con el servidor de producción.

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