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Corte Suprema de Justicia

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05 DE MARZO DE 2009

PRESENTACION ANTE LA SALA CONSTITUCIONAL

Ministerio de Justicia atacó fallo que beneficia a funcionarios ad honorem despedidos del Registro Civil

El Ministerio de Justicia y Trabajo promovió una acción de inconstitucionalidad contra una resolución del Tribunal de Apelación por la cual se revocó un fallo favorable a la Cartera de Estado por la cual se rechazó in limine un amparo formulado por los funcionarios ad honorem del Registro Civil y que fueron despedidos, ordenándose la reposición a sus respectivos cargos. Los recurrentes indicaron que se obró mal y que se lesiona gravemente los intereses del Estado paraguayo.

Las autoridades del Ministerio de Justicia y Trabajo plantearon una acción de inconstitucionalidad contra la resolución del Tribunal de Apelación que revocó un fallo del Juzgado de Primera Instancia favorable a la Cartera de Estado, en el caso de los 181  funcionarios ad honorem del Registro Civil que fueron despedidos por decreto del Poder Ejecutivo.

 

“Consideramos que esto no corresponde a derecho, que lesiona gravemente los intereses del Estado Paraguayo y de la ciudadanía en general, por lo que solicitamos la inconstitucionalidad de esta resolución y al mismo tiempo la suspensión inmediata de los efectos que dicha resolución establece. Se obró totalmente mal, es un tema administrativo al que lamentablemente algunos miembros del tribunal se prestaron”, indicó el ministro de Justicia y Trabajo, Blas Llano tras presentar la acción.

 

Según los antecedentes, los 181 funcionarios ad honorem despedidos del Registro Civil promovieron un amparo contra el decreto presidencial, presentación que fue rechazada mediante la sentencia definitiva N° 29 de fecha 17 de febrero del 2009 dictada por el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de la Capital. Sin embargo, en segunda instancia, se revocó dicha sentencia favoreciendo a los funcionarios, ordenándose a la vez la reposición de los mismos y la devolución inmediata de toda la documentación secuestrada del poder de los funcionarios. Asimismo, se dispuso que los recurrentes no queden excluidos de la convocatoria a concurso público de oposición para ocupar cargos como oficiales del Registro Civil.

 

 

 

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