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Corte Suprema de Justicia

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31 DE JULIO DE 2009

CASO YCUA BOLAÑOS

La Sala Constitucional rechazó por extemporánea excepción de inconstitucionalidad promovida por la defensa de Areco

La excepción de inconstitucionalidad promovida por la abogada Teresa Areco Alcaraz defensora del procesado Daniel Areco ex guardia del siniestrado supermercado Ycuá Bolaños contra el articulo 1º segundo párrafo de la Ley Nº 2341/03 fue rechazada por la Sala Constitucional por ser notoriamente extemporánea. La providencia expresa, “no ha lugar por improcedente de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º inciso g) de la Ley Nº 609/95”

La máxima autoridad del Poder Judicial, doctor Antonio Fretes, en su carácter de presidente de la Sala Constitucional firmó la providencia no haciendo lugar al incidente de recusación sin expresión de causa deducido en la excepción de inconstitucionalidad promovida por la abogada Teresa Areco de Alcaraz, defensora de Daniel Areco procesado en el marco del juicio “Juan Pío Paiva y otros sobre homicidio doloso-Ycuá Bolaños.

 

El doctor Fretes refiere en la providencia que de conformidad a lo dispuesto en los artículos 538, 545 y 547 del C.P.C, donde se establecen las oportunidades en que deberá ser opuesta la excepción de inconstitucionalidad y no habiéndose deducido esta excepción dentro del plazo previsto y atento al informe de la actuaria así como las compulsas remitidas a esta sala corresponde no admitir la presente acción

 

“La presente excepción de inconstitucionalidad fue rechazada por ser la misma notoriamente extemporánea debiendo remitirse estos autos con lo actuado a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia” refiere, el documento.

 

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