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11 DE MAYO DE 2010

RESOLUCIÓN DE LA SALA CONSTITUCIONAL

Rechazan acción promovida por el Club Cerro Corá de Campo Grande

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó en forma “in limine” la acción de inconstitucionalidad planteada por el Club Cerro Corá de Campo Grande contra una resolución dictada por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala. Es en la causa “Oscar Harrison y otros sobre estafa y otros” planteada por el futbolista Javier “Metalero” González.

Por no cumplir con las normas establecidas, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia decidió rechazar “in limine” la acción de inconstitucionalidad promovida por el Club Cerro Corá de Campo Grande contra el Auto Interlocutorio Nº 72 de fecha 13 de abril de 2009, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala. La medida forma parte de la causa abierta caratulada “Oscar Harrison y otros sobre estafa y otros”, que fue iniciada por el futbolista Javier “Metalero” González a raíz de un problema generado con su pase.

 

En su presentación, el recurrente manifiesta que la resolución en cuestión ha lesionado sus derechos constitucionales, ya que fueron supuestamente vulnerados los artículos 16 y 256 de la Constitucional Nacional y que además, en dichas resoluciones, fueron omitidos el principio de congruencia y arbitrariedad, considerando que no se realizó una debida valoración jurídica.

 

Sin embargo, en su argumento, los ministros integrantes de la Sala sostienen que no se cumplieron con los requisitos establecidos por lo que la acción planteada fue rechazada en forma in limine.

 

“Cabe resaltar la ausencia de una adecuada fundamentación en términos claros, concretos y sólidos en la presentación del accionante, tendientes a demostrar de qué forma se han producido las supuestas conculcaciones de las normas constitucionales invocadas. En efecto, únicamente puede apreciarse la disconformidad del recurrente con el criterio adoptado por los juzgadores, sin respaldo valedero que sustente su pretensión, resultando esta circunstancia, insuficiente para dar trámite a una preposición de constitucionalidad. Consecuentemente, la presente acción debe ser rechazada sin más trámites”, señala una parte de la resolución.

 

Asimismo, expresa en lo referente a la arbitrariedad, también alegada por el recurrente,  que es menester mencionar que la misma debe ser expresa y demostrar con claridad la afectación de algún derecho o garantía constitucional.

 

Cabe mencionar que la resolución atacada confirma el AI Nº 144 de fecha 4 de febrero de 2009, dictado por la jueza penal de Garantías Nº 7, Patricia González y por el cual se resolvió admitir el requerimiento fiscal solicitando la desestimación de la denuncia presentada por la Agente Fiscal en lo Penal Gladys Bernal y en consecuencia desestimar la denuncia de Pastor Roque Galeano realizada ante el Ministerio Público en fecha 2 de agosto de 2007 en contra de Oscar Harrison y Marcos Correa Prieto por la supuesta comisión de los hechos punibles de producción mediata de documentos públicos de contenido falso, lesión de confianza y quebrantamiento de deposito; al igual que la presentada en contra de Juan Angel Napout por la supuesta comisión de los hechos punibles de lesión de confianza, obstrucción a la restitución de bienes y producción de documentos públicos de contenido falso, decidiéndose además devolver las actuaciones al Ministerio Público para su archivamiento.

 

Asimismo, en la misma resolución atacada se revocó el A.I. 170 de fecha 9 de febrero de 2009 dictado por la misma jueza, que dispuso las costas para la parte perdidosa.

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