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Corte Suprema de Justicia

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14 DE MAYO DE 2009

PROPUSO PERITO PARA EL ESTUDIO

Querella quiere que Montanaro se haga estudios básicos en el Rigoberto Caballero

El abogado de la parte querellante, en la causa Sabino Augusto Montanaro, Edgar Vázquez se opuso al pedido de la defensa para que los estudios recomendados por los médicos forenses sean realizados en una clínica especializada. Solicitó al juzgado denegar la petición, por considerarlo improcedente y extemporáneo.

El abogado Edgar Vázquez, representante legal de la parte querellante, en la causa que investiga el proceso abierto en contra del ex ministro del Interior del régimen stronista, Sabino Augusto Montanaro, solicitó al juez Digno Fleitas denegar la solicitud planteada por la defensa para que los estudios médicos recomendados por los forenses sean realizados en un centro especializado, al carecer el Hospital Rigoberto Caballero de los elementos necesarios para el efecto. Dichos estudios hacen relación a una Tomografía Axial Computarizada y Resonancia Magnética Nuclear, ambos del cráneo.

 

A criterio de  la querella, el pedido planteado por la defensa de Montanaro es improcedente y extemporáneo, ya que considera que los estudios son complementarios a los exámenes clínicos sucesivos a que debe ser sometido previamente el procesado.

 

“Estos exámenes clínicos al ser soberano para llegar al diagnóstico de una patología, deben ser practicados previamente a los exámenes solicitados por la defensa”, señala el documento remitido al juzgado.

 

En todo caso, propone como perito, al doctor Juan Félix Bogado Gondra, sin perjuicio de que el juzgado designe a otro perito médico clínico con experiencia.

 

Asimismo, solicita que el Juzgado libre oficio al director del Hospital Rigoberto Caballero, para que, a través de los canales correspondientes, designe una enfermera competente de dicho nosocomio para asistir en su tarea al doctor Bogado Gondra.

 

El abogado Edgar Vázquez recomendó, además que durante los exámenes clínicos no sea permitido el ingreso a la sala de internación a los abogados intervinientes, tanto querellantes como defensores, para no trastornar u obstaculizar el trabajo médico.

 

“Esta situación ya lo habíamos aclarado suficientemente al manifestar en nuestro escrito de reposición que el estudio de la salud mental del procesado, debe resultar de una serie de actos médicos consecutivos y relaciones de varios días, por lo que el citado estudio en la forma deseada por la defensa debe ser necesariamente denegado” señala, en otra parte el escrito.

 

 

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