15 DE OCTUBRE DE 2009
CASO CINTHIA PEREZ TORANZOS
Sala Penal no hace lugar a casación planteada por fiscalia
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia resolvió no hacer lugar al recurso de casación planteado por la fiscala Celia Beckelmann en contra de una resolución de la Cámara de Apelación que dispuso dejar sin efecto las reglas de conducta a Cinthia Pérez Toranzos, quien fuera condenada por el secuestro de María Mercedes Elizeche. La disposición de la Sala sostiene que la agente fiscal en la casación planteada no dio cumplimiento a los requisitos formales para su estudio y procedencia.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Alicia Pucheta de Correa, Sindulfo Blanco y Víctor Núñez resolvió no hacer lugar al recurso de casación planteado por la agente fiscal Celia Beckelmann, en el caso de Cinthia Pérez Toranzos. La misma fue condenada por el secuestro de la empresaria Maria Mercedes Elizeche, ocurrida el 31 de julio de 2003. El fallo contó con la disidencia de la ministra Pucheta.
La casación fue planteada en contra de la resolución 126 de fecha 3 de junio de 2008, dictada por la Cámara de Apelación, y por la cual se dispuso dejar sin efecto las reglas de conducta a Pérez Toranzos, quien fue beneficiada con la libertad condicional, luego de ser sentenciada.
La Cámara, integrada por Natividad Meza, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín, en su resolución había considerado que resultaba incongruente y hasta ilógico que Pérez Toranzos siga cumpliendo las reglas de conductas, ya que el juez Carlos Escobar elaboró el cómputo final de la condena y admitió como fecha de compurgamiento el 13 de febrero del 2008. Sin embargo, la fiscala Celia Beckelmann atacó la resolución, la que fue desestimada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Si bien la ministra Alicia Pucheta de Correa sostuvo en su voto que debe hacerse lugar a la casación interpuesta, los demás ministros Blanco y Núñez opinaron lo contrario. En su voto la doctora Pucheta de Correa argumentó que corresponde dar lugar a la casación considerando que el fallo atacado presenta una contradicción, teniendo en cuenta que la libertad condicional fue concedida el 28 de febrero de 2007 y la compurgación de la pena marcada para febrero de 2008, cuando que la norma dispone que “el periodo de prueba, y por ende la pena, se extinguirá cuando se cumpla el lapso de dos años impuesto en este caso específico, lapso que será computado desde la resolución que otorga la libertad condicional cuando esta este firme”.
Sin embargo, los ministros Blanco y Núñez señalaron en sus votos que no puede admitirse la casación, ya que la imposición de reglas de conducta u obligaciones, impuestas durante un tiempo mayor que el fijado por la propia condena, al estar limitando la libertad personal, “importaría un exceso de la potestad jurisdiccional, extralimitándose los límites temporales de la sanción penal que fue impuesta graduando la reprochabilidad y, en consecuencia, conduciría al condenado a sufrir una restricción de libertad mayor a la impuesta por la propia sentencia de condena, lo que no puede ser admisible”.
Recordemos que Cinthia Pérez Toranzos fue condenada en primera instancia a 10 años de prisión, sentencia que confirmada en segunda instancia sin embargo, la Corte Suprema de Justicia le revocó de manera parcial la condena y redujo la pena a 4 años y seis meses.
Descarga de archivos
-
Informe De Gestion De La Oficina Disciplinaria Durante El Primer Semestre Del 2009
[Abrir] [Descargar]
573 Kb