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Corte Suprema de Justicia

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14 DE AGOSTO DE 2008

EN EL CASO DEL PRESIDENTE NICANOR DUARTE FRUTOS

La Corte rechazó “in limine” acción de inconstitucionalidad

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó “in limine” la acción de inconstitucionalidad promovida por la fiscal electoral Gloria Alcaraz en el caso del presidente de la República, Nicanor Duarte Frutos. En ese sentido, se ratifica la resolución del juez electoral Reinaldo Darío Poletti, quien determinó que el mandatario saliente jure como senador activo.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por el presidente de la máxima instancia judicial, doctor Víctor Manuel Núñez, y los ministros Antonio Fretes y Alicia Pucheta de Correa rechazó la acción de inconstitucionalidad presentada por la fiscala  Gloria Alcaraz objetando la resolución del juez electoral Reinaldo Darío Poletti, quien dispuso que el Senado tome juramento al presidente Nicanor Duarte Frutos, como legislador activo.

 

Según la A.I. Nº 1124, la accionante se limita a un extenso relato de los hechos recaídos en los autos principales convirtiéndose su escrito en expresión de agravios sobre cuestiones que ya fueron analizadas y valoradas por los juzgadores quienes aplicaron las leyes de fondo y forma que regulan la materia.

 

“La accionante alega la falta de fundamentación y violación de la defensa en juicio en las resoluciones recurridas, pero estos argumentos no consiguen justificar en forma clara y precisa los agravios sufridos, pues de las constancias de autos que acompaña, se advierte que la accionante tuvo una amplia participación en todo el transcurso del proceso. La presente acción no puede servir de base para una proposición constitucional” refiere, el documento.

 

Expresa, también que la impugnante podrá discrepar con los fundamentos de las resoluciones, pero mientras en ellos no se aprecian violaciones de carácter constitucional, dicha discrepancia resulta insuficiente para sustentar una acción de esta naturaleza.

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