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Corte Suprema de Justicia

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04 DE MAYO DE 2020

SI SE ENCUENTRAN REUNIDOS LOS PRESUPUESTOS

Se pueden tramitar juicios de Asistencia Alimentaria

Considerando la Acordada N° 1366 del 11 de marzo de 2020 “Que reglamenta la actividad del Poder Judicial durante la emergencia sanitaria”, el Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia resolvió establecer que todos los juzgados de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia de turno en la Emergencia Sanitaria, podrán tramitar los juicios de Asistencia Alimentaria.

La decisión indica y aclara que estos juicios se podrán llevar a cabo a los efectos del dictado de la medida cautelar de asistencia provisoria y si se encuentran reunidos los presupuestos ordenar la retención del salario del alimentante en dichos juicios.

Se adjunta el documento.

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