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30 DE JULIO DE 2021

JORNADAS ENTRE EL MINISTERIO DE JUSTICIA Y EL JUZGADO DE EJECUCIÓN DE CORDILLERA

Juez de Ejecución Penal de Cordillera realizó visitas de control penitenciario en Emboscada

El Juez Penal de Ejecución Juan Bautista Silva Ucedo, en compañía de la actuaría judicial Rosalba Cristaldo y el funcionario asignado como nexo ante el Ministerio de Justicia, Diego Villamayor, realizaron  jornadas de verificación de situación procesal de las personas privadas de  libertad, establecido en el código de ejecución penal, en la Penitenciaría Regional de Emboscada Antigua, en el Penal Padre Antonio de la Vega y en la Granja Penitenciaria Itá Pora. 

La actividad se desarrolló en conjunto con el equipo del Ministerio de Justicia, encabezado por el viceministro de Política Criminal, doctor Rubén Maciel, el director de Política Penitenciaria, Rodrigo Nicora, directores de diversas áreas, así como la Defensora Pública de Ejecución Penal de Cordillera, María  Bareiro y Sinthia López del SENADIS. 

El Juez Silva Ucedo resaltó la importancia que implica  la labor en conjunto con el equipo del Ministerio de Justicia, liderado por el viceministro, para contar con un registro actualizado del estado de las causas de los privados de libertad, visibilizar los internos que se encuentran en condiciones de recibir libertad condicional y otros beneficios penitenciarios e imprimir los trámites correspondientes, a los efectos de ayudar a descongestionar el  hacinamiento existente en los penales. 

Fueron realizadas entrevistas a más de 300 internos del penal de Emboscada Antigua en la primera jornada y otra cantidad similar en el segundo día de trabajo en el penal Padre Antonio de la Vega. 

Asimismo en compañía del Director Tomás Bolaños, fueron observados los distintos pabellones,  coordinándose  acciones en relación a las necesidades de los internos.  

Prosiguiendo las Jornadas de Control penitenciario, el Juzgado se constituyó en la Granja Penitenciaria Itá Porá, donde  se constató el cumplimiento de los planes de trabajo consistentes en horticultura, piscicultura y agricultura, entre otros; ordenados por resolución del Ministerio de Justicia a los internos recientemente promovidos  al régimen semiabierto, que cumplieron los requisitos establecidos y contaron con la aprobación de los directores del régimen cerrado y semiabierto. 

Esta promoción se concretó a los efectos de cumplir las etapas que establece el Código de Ejecución Penal en el camino a su reinserción a la sociedad. Cabe resaltar que el Código de Ejecución Penal en nuestro país establece el régimen progresivo en el cumplimiento de las penas, que abarca cuatro periodos, el periodo de observación de 15 a 45 días de haber ingresado el interno al penal, periodo de tratamiento que abarca hasta la mitad del cumplimiento de la condena, el periodo de prueba desde el cumplimento de la mitad de la pena y el periodo de libertad condicional con el cumplimiento de las dos terceras partes de la condena. 

De todo lo actuado, el juzgado elevará informe a la Corte Suprema de Justicia. El Código de Ejecución Penal para la República del Paraguay, en el artículo 19,  relativas al control del régimen Penitenciario, establece  las funciones del juez de ejecución y resalta las visitas permanentes a los establecimientos penitenciarios, de prevenidos, educativos y de internación, pudiendo el mismo realizar visitas e inspecciones cuando lo considere conveniente y sin previo aviso, así también debe escuchar las solicitudes que le acerquen los internos sobre salud, trato dispensado, condiciones de habitabilidad, higiene, controlar el cumplimiento estricto de la ley y cuando correspondiere, podrá llamar ante sí a la autoridad administrativa o al funcionario responsable de alguna irregularidad o incumplimiento de la ley, para exigir las explicaciones correspondientes y resolver haciendo prevalecer el respeto a la dignidad humana, a las garantías constitucionales y a los derechos humanos universalmente reconocidos.

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