20 DE JULIO DE 2009
PROCESO SE RIGE POR LA LEY N° 2.341/03
No hacen lugar a inconstitucionalidad planteada por Juan Pío Paiva en caso Ycuá Bolaños
Mediante el Acuerdo y Sentencia N° 535 del 20 de julio de 2009, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia no hizo lugar a una inconstitucionalidad planteada por Juan Pío Paiva en el caso Ycuá Bolaños, que buscaba la confirmación de la extinción de la causa. Con esta decisión, el proceso queda regido por los plazos establecidos en la Ley N° 2.341/03, que amplía a 4 años el término para que exista una sentencia firme en un caso y que puede ser extendido un año más para tramitar los recursos contra ella.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada para el estudio de esta causa por los ministro Antonio Fretes, José Altamirano y el camarista Arsenio Coronel; no hizo lugar a una acción de inconstitucionalidad que fue presentada por el condenado en el caso Ycuá Bolaños Juan Pío Paiva contra la Ley N° 2.341/03, que amplía a 4 años el término para que exista una sentencia firme en un caso y que puede ser extendido un año más para tramitar los recursos contra ella.
El ministro preopinante, doctor Antonio Fretes; indicó que “el perjuicio que pretende denunciar el actor ni siquiera se ha configurado o cuanto menos no ha sido justamente demostrado, lo que arroja la conclusión de que el supuesto agravio no reviste los caracteres de realidad y contemporaneidad la acción, circunstancia equivalente a la ausencia de objeto en la presente demanda”.
La Ley 2341 de diciembre del 2003, más conocida como “Ley Camacho”, modificó el artículo 136 del Código Procesal Penal. Amplió a 4 años el plazo para que exista una sentencia firme en un caso. Este plazo se amplía un año más en caso de condena para tramitar los recursos contra ella.
Sin embargo, lo crucial de esta norma es que "todos los incidentes, excepciones, apelaciones y recursos planteados por las partes suspenden automáticamente el plazo, que vuelve a correr una vez se resuelva lo planteado o el expediente vuelva a origen". Los doctores José Altamirano y Arsenio Coronel se adhirieron al voto del ministro Antonio Fretes.
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