22 DE DICIEMBRE DE 2009
DECISION DE LA SALA PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Confirman condena de 2 años y 6 meses dictada contra ex gobernador Escobar Catebecke
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 2 años y 6 meses dictada contra el ex gobernador de Presidente de Hayes, Eugenio Escobar Catebecke haciendo lugar al recurso extraordinario de casación interpuesto por el afectado. El mismo esta condenado por lesión de confianza y uso de documentos no auténticos.
Resolución mediante la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo lugar al recurso extraordinario de casación interpuesto por la defensa del ex gobernador de Presidente Hayes, Eugenio Escobar Catebecke, condenado por los delitos de lesión de confianza y uso de documentos no auténticos.
Cabe señalar que en un juicio oral y público, Escobar Catebecke fue condenado a dos años y seis meses de pena privativa de libertad al ser hallado culpable de la comisión de lesión de confianza y uso de documentos no auténticos durante su gestión al frente de la gobernación chaqueña en 1999, ocasionando un perjuicio económico de 1.322 millones de guaraníes. El Tribunal de Sentencia que lo condenó estuvo integrado por las magistradas Mesalina Fernández, Gloria Hermosa de Correa y Elsa García Hulskamp.
Luego, tras una apelación especial formulada por la fiscala del caso Artemisa Marchuk y los abogados defensores Guillermo José Duarte Cacavelos y Raquel Céspedes de Alfonso, el Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala de la Capital modificó la sentencia elevando la misma a 4 años y seis meses de prisión.
Esta situación hizo que la defensa presentara un recurso extraordinario de casación, lo que fue admitido por la Sala Penal, modificando nuevamente la sentencia, y confirmando por ende la condena de 2 años y seis meses de cárcel dictada en un principio por el Tribunal de Sentencia durante un juicio oral y publico.
En su voto, la ministra preopinante, doctora Alicia Pucheta de Correa sostiene que el Tribunal de Apelación, al aumentar la pena ingresó en un ámbito que excede los limites de su competencia, violando reglas del procedimiento y desembocando en un fallo ubicado fuera de la legalidad exigida a toda sentencia judicial, tornándose a la vez en una resolución contradictoria con anteriores fallos dictados por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, resalta que el Tribunal, principalmente en materia de selección y valoración probatoria, “no puede invadir las facultades privativas del Tribunal de Sentencia porque entonces asumiría la función de aquel cuya actividad esta llamado a inspeccionar jurídicamente, tornando ambivalente su proceder jurisdiccional; y mucho menos revalorar las pruebas en cuya etapa de recepción y contradicción no ha permitido, lo que conduciría a la severa infracción del principio de inmediatez que caracteriza a nuestro sistema de enjuiciamiento penal”.
Por su parte, el ministro Miguel Oscar Bajac y la jueza Natividad Meza, quien integró igualmente la Sala, se adhirieron al voto de la ministra Pucheta.