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13 DE JULIO DE 2010

COSTAS A LA PERDIDOSA

Por extemporánea, jueza rechaza pedido de calificación de la huelga de docentes

La jueza Graciela Ortiz rechazó con costas la demanda de calificación de la huelga de docentes promovida por el Ministerio de Educación y Cultura, alegando que el pedido se realizó en forma extemporánea, al tiempo de hallarse vigente y en producción la huelga.

Mediante la Sentencia Definitiva N° 81 del 09 de julio de 2010, la jueza Graciela Ortiz no hizo lugar, con costas, a la demanda de calificación de huelga promovida por el Ministerio de Educación y Cultura contra la Federación de Educadores del Paraguay.

 

Entre los fundamentos, la jueza indica que “mal podría adentrarse al estudio de los pedidos en razón de la extemporaneidad en la presentación, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 375 del Código del Trabajador que expresa que ninguna autoridad del Gobierno podrá declarar la ilegalidad de una huelga antes o al tiempo de producirse”.

 

El fallo continúa mencionando, que conforme a las constancias obrantes, la Federación de Educadores resolvió llevar adelante la medida de fuerza el 31 de mayo, mientras que la demanda de declaración de ilegalidad fue presentada en fecha 23 de junio. “Por estos argumentos, es de mi parecer que la presente demanda debe ser rechazada por extemporánea, con costas a cargo de la perdidosa” finaliza, el argumento.

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