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Corte Suprema de Justicia

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01 DE DICIEMBRE DE 2016

EN CONSIDERACIÓN A LA LEY Nº 371/72

Unifican términos de tasador y avaluador

La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia informa que en la especialidad de peritos judiciales fue unificada y estandarizada la palabra tasador en la denominación de avaluador considerando la Ley Nº 371/72, Art. 2, Inc. K, que establece la avaluación de bienes económicos en general, así como la recomendación realizada por la Asociación de Peritos Judiciales del Paraguay respecto a la unificación de los términos de tasador y avaluador.

La especialidad de peritos judiciales fue unificada y estandarizada la palabra tasador en la denominación de avaluador considerando la Ley Nº 371/72, Art. 2, Inc. K.

Dicha ley establece la avaluación de bienes económicos en general, así como la recomendación realizada por la Asociación de Peritos Judiciales del Paraguay respecto a la unificación de los términos tasador y avaluador.

Esta comunicación se realiza conforme a las funciones dispuestas por la Acordada Nº 1.066/2016, remitente la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia.

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